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11/04/2014
Por interrumpir una sesión de la Subcomisión de Presupuesto
Defensa discrepa de condena a cuatro menores por manifestación en el Congreso y presentará recurso de nulidad
La defensora pública Carla Saavedra cuestionó los fundamentos del juez Freddy Cubillos, considerando los argumentos que tuvo para absolver a los otros cinco imputados, entre ellos dos adultos.
Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.
El 20 de octubre de 2011, tres de las cuatro jóvenes condenadas por la llamada 'toma del Congreso' ocurrida ese día tenían 14 años, mientras que la cuarta tenía 17. Por eso, cuando el juez Freddy Cubillos, del Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago, leyó su veredicto y las condenó por su participación en esa manifestación, sus rostros mostraron desconcierto y angustia.
Convocadas a participar ese día, las menores terminaron irrumpiendo junto al resto en una sesión de la Subcomisión Mixta de Presupuesto del Congreso. Pero ellas fueron condenadas, mientras que los dos adultos que participaron ese día fueron absueltos.
En su resolución, el magistrado consideró que la “arenga política” del ecologista Luis Mariano Rendón y los airados reclamos del psicólogo Osvaldo Tello en contra de las autoridades presentes –entre los que estaban el ex ministro de Educación Felipe Bulnes, senadores y diputados de Gobierno y de oposición, además de rectores de universidades- son conductas normales y no delitos, que podrían ser sancionados disciplinariamente, pero no pueden ser materia de la justicia penal.
En su fundamentación, Cubillos señaló que no se acreditó un dolo común, por lo que las responsabilidades son individuales. Mientras que a las menores M.P.C.B. y R.L.C. -defendidas por el abogado Rodrigo Román-, y al joven D.M.A. -uno de los cinco imputados a cargo de la defensora pública juvenil Carla Saavedra- los absolvió, a las otras cuatro adolescentes las condenó.
El magistrado fundó su decisión explicando que A.A.C., C.M.C. y T.A.A., todas de 14 años a la fecha de los hechos, protagonizaron el momento cúlmine de la protesta, cuando se subieron a la mesa con un lienzo para protestar. En el caso de S.B.A., precisó que la condenó porque fue la persona que se acercó más al ex ministro Bulnes encarándolo con proclamas e insultos.
Según el juez, estas acciones provocaron la interrupción de la sesión, la que a pesar de que se trató de reanudar en otra sala, no pudo funcionar con normalidad. Así, concluyó, se configuró el delito contemplado en el artículo 264 del Código Penal.
DEFENSA CUESTIONA FUNDAMENTOS
Consultada sobre el tema, la defensora pública Carla Saavedra discrepa de los fundamentos del fallo al señalar a las cuatro menores como las protagonistas de la manifestación, en circunstancia de que ellas fueron convocadas por adultos para participar en la manifestación.
En su alegato de clausura, la abogada subrayó que además, sus defendidas como menores de edad están amparadas por un estatuto especial más favorable -como es la Ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente- y no se entiende que precisamente a ellas se les castigue con más dureza.
Saavedra discrepó de la apreciación del juez en cuanto a la que la sesión de la subcomisión de presupuesto no se haya podido reanudar, considerando que todos los integrantes confirmaron que esa reunión siguió en otra sala.
La defensora subrayó que el presidente de la subcomisión, Carlos Montes, declaró que él se comunicó con asesores del ex ministro Bulnes para informarle que podía asistir a la sesión que se realizaría en otra sala. Sin embargo, éste decidió no concurrir no sólo ese día, sino que tampoco a la continuación de la reunión, que se efectuó el lunes siguiente.
Destacó incluso que el rector de la Universidad de Santiago, Juan Manuel Zolezzi -quien en ese momento era el presidente del Consejo de Rectores-, declaró en el juicio oral que la sesión se hizo después de los incidentes y que de hecho él fue el que expuso ante los parlamentarios.
CONTRADICCIONES
Las defensas de todos los imputados destacaron que en lo objetivo el propio ex ministro Bulnes reiteró en varias oportunidades que él no fue agredido y que sólo fue emplazado e insultado con algunos “chilenismos”. Si bien ante una pregunta del abogado Rodrigo Román dijo que se sintió “amenazado”, ésta fue una apreciación subjetiva que temió por una posible agresión que nunca terminó por concretarse.
Por eso llamaron la atención de las defensas dos testimonios que fueron bastante más alarmistas. Un momento polémico se vivió cuando el entonces rector de la Universidad de Los Andes, Orlando Poblete, declaró como testigo que los hechos fueron muy graves, porque los manifestantes se acercaron demasiado a las autoridades, generando una situación de riesgo. Aún así, lo más serio para él fue que hayan interrumpido una sesión de una comisión del Congreso.
En este pasaje la defensora pública Marcela Araya le consultó por su participación en el gobierno militar. Poblete confirmó que fue asesor del general Augusto Pinochet entre 1979 y 1987, y luego Ministro Secretario General de Gobierno entre 1987 y 1988.
La defensora pública le replicó entonces si efectivamente consideraba la suspensión de la sesión parlamentaria por 20 minutos más grave que la interrupción por 17 años del funcionamiento del Congreso, por decreto de la entonces Junta Militar. Poblete respondió que él no lo veía ni pensaba de esa forma.
Otro testimonio que enfatizó la gravedad del incidente fue la senadora Ena Von Baer, quien destacó la violencia de la irrupción de los manifestantes, quienes le gritaban consignas políticas apuntándola con el dedo. Aseguró que su disposición era seguir con la sesión y por eso se trasladó al salón donde ésta se reanudó. Señaló que esta segunda parte de la reunión fue interrumpida nuevamente por golpes en las ventanas de los manifestantes, por lo que Carlos Montes terminó por darla por finalizada.
OTRA VERSIÓN
Sin embargo, otros participantes del encuentro como el senador Alejandro Navarro y Juan Manuel Zolezzi expresaron que la segunda sesión se estaba desarrollando normalmente cuando, a petición de parlamentarios de la Alianza, se resolvió suspender la actividad.
Las defensas enfatizaron que la presencia de los manifestantes era legítima, que estaban ahí con la anuencia de la autoridad responsable del presidente del Senado de ese momento, Guido Girardi. En este punto, Mariano Rendón resaltó que el parlamentario era el único que tenía la atribución de pedir a la fuerza pública que desalojara, pero no lo hizo.
A partir de la lectura de la sentencia, fijada para el 12 de abril, la defensora pública Carla Saavedra tiene diez días para presentar el recurso de nulidad que prepara ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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