Sala de Prensa

13/05/2014

Beneficiarán a Héctor Llaitul y Ramón Llanquileo

Corte de Apelaciones de Concepción ratificó abonos para comuneros mapuches

El máximo tribunal del Biobío dejó a firme la resolución del Juzgado de Garantía de Cañete, que descontó de sus condenas el periodo de prisión preventiva que ambos cumplieron en justicia militar.

Por Pablo Carrasco P.,
Defensoría Regional del Biobío.

Pese a que en 2011 la justicia ordinaria condenó a Héctor Llaitul y Ramón Llanquileo por su participación en un confuso incidente que involucró a personal de la PDI, de Carabineros y a un fiscal del Ministerio Público, meses antes la justicia militar -que investigó el mismo hecho- los absolvió.

Efectivamente, a través de la Primera Fiscalía Militar de Concepción, que investigó el incidente por haber uniformados involucrados (personal del Grupo de Operaciones Policiales Especiales, GOPE) y casi con la misma prueba que tuvo a la vista el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete, la justicia castrense no dio por probada la participación de ambos comuneros en el hecho, restándole valor al testimonio de uno de los testigos secretos que declararon en la causa y que tanta polémica generaron en el ámbito civil.

Pero antes de esa absolución y mientras eran sometidos a proceso, ambos comuneros cumplieron largos meses de prisión preventiva y fue precisamente ese tiempo el que la defensa pública de  Llaitul y Llanquileo solicitó que se abonaran a las condenas que ambos cumplen actualmente.

Tal petición primero fue acogida por el Juzgado de Garantía de Cañete y luego ratificada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó una apelación presentada por la Fiscalía contra la decisión de primera instancia.

Como lo explicó Pelayo Vial, jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Biobío y abogado de los comuneros, “la decisión de los tribunales reconoce de algún modo que tanto Héctor Llaitul como Ramón Llanquileo fueron doblemente juzgados. Este reconocimiento es un acto de justicia y de suma importancia, no sólo para ellos, sino también para la eventual responsabilidad del Estado por la violación del principio de non bis in ídem.

TIEMPOS Y ABONOS

De esta forma, aún queda pendiente una serie de trámites administrativos que realizar ante Gendarmería, de modo que se computen los meses que se abonaron a las actuales condenas de ambos comuneros. Lo que es seguro es que con estos abonos, tanto Llaitul como Llanquileo estarían en condiciones de poder postular a los beneficios intrapenitenciarios a la brevedad.

Actualmente y dado las modificaciones a la reglamentación interna que Gendarmería ha realizado en las instancias donde se deciden los beneficios intrapenitenciarios, es clave la asesoría legal que puede prestar la Defensoría Penal Pública -a través del programa de defensa penitenciaria-, pues permite precisamente abordar este tipo de requerimientos haciendo valer los derechos de las personas en la etapa de ejecución de sus condenas, tanto en la esfera administrativa como judicial.

 

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