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12/06/2014

Especial aborto

Cómo opera la justicia en los casos de aborto: la historia de tres condenadas por el “delito de las mujeres pobres” (*)

(*): El siguiente reportaje, escrito por los periodistas Ivonne Toro y Pablo Basadre, fue publicado hoy por el diario electrónico The Clinic.cl.

Por Ivonne Toro y Pablo Basadre.

En medio del debate sobre la despenalización del aborto en tres casos específicos, la Defensoría Penal Pública analizó en profundidad 73 condenas por interrupción del embarazo desde 2005 a la fecha.

La deducción de la jefa de Estudios de la institución, Francisca Werth, es clara: “El aborto es un delito de las mujeres pobres: quienes llegan al sistema judicial son mujeres pobres y quienes son procesadas como cómplices son en su mayoría otras mujeres del mismo círculos social”.

The Clinic Online indagó en el sistema judicial y escogió tres causas que reflejan esta realidad. Los nombres de las mujeres involucradas, dos de ellas menores de edad, han sido cambiados con el objetivo de que no sea posible su identificación. Del mismo modo, se ha optado por omitir la ubicación exacta de dos pueblos pequeños, para resguardar la privacidad de los involucrados.

Tamara tenía 11 años en 2011 cuando, tras reiterados abusos sexuales de la pareja de su abuela, quedó embarazada. Calló, como lo hizo durante los años en que fue violada una y otra vez, hasta que su vientre abultado reveló una verdad que ya no podía pasar desapercibida: cinco meses de gestación eran demasiado visibles en el cuerpo de la niña.

Fue entonces cuando su mamá y una tía optaron por lo único que tenían a mano: encargar por internet Misotrol.

Radicada en uno de los rincones más pobres y aislados de la región de Antofagasta -una comuna de casi cuatro mil habitantes con una indigencia de 2,02 por ciento- y sin recursos para acudir a un médico, el envío de las pastillas desde Santiago fue la salida evidente en un país en que el aborto es ilegal aún en un caso de violación, como el que sufrió Tamara.

De hecho, la propuesta de despenalizar el aborto por esta causa, inviabilidad del feto y riesgo de la vida de la madre que realizó la Presidenta Michelle Bachelet en la cuenta pública del 21 de mayo ha recibido el rechazo rotundo y casi sin excepciones de la derecha y de parte de la Democracia Cristiana.

Pero en el Chile real, más allá de los discursos, sí se aborta y aunque es difícil saber con exactitud la cantidad de procedimientos, por estar al margen de la ley, una investigación del académico de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, Ramiro Molina, estableció que sólo de los hospitales públicos egresaron entre 2001 y 2010 un promedio de 34 mil casos de aborto al año, de los cuales el 40 por ciento fueron voluntarios. Además, se estimó que por cada una de estas prácticas, hay otras 10 desconocidas, estableciendo que existen anualmente entre 130 mil y 180 mil abortos en el país.

Tamara buscaba ser parte de esta lista invisible, pero no pudo. Cuando abortó, en febrero de 2012, había cumplido recién 12 años. Su madre le suministró clandestinamente Misotrol y a pesar de que el medicamento en general es usado en la primera etapa de gravidez, Tamara ya tenía 20 semanas cuando, escondida y silenciada, lo usó.

Es lo común: en las 73 condenas por aborto en los últimos nueve años que ha analizado en detalle la Defensoría Penal Pública, las mujeres en un 80 por ciento han usado este fármaco y han tenido en promedio entre 16 y 24 semanas de gestación al momento de interrumpir el embarazo.

El proceso es doloroso. Así lo relata Tamara en la sentencia en que su madre, Marcia, y su tía, Macarena, fueron condenadas como culpables del delito de “aborto sin violencia y sin consentimiento de la madre” el 20 de mayo de 2014, a una pena remitida de 300 días de presidio menor en su grado mínimo.

-Yo estaba acostada en mi pieza. Me dieron fuertes dolores, fui al baño y ahí estaba mareada. No me acordaba de nada y me empecé a golpear en el estómago. Me dolía mucho yo no paraba de gritar. Ellos me trataban de calmar. Después me dejaron sola en el baño y ahí estaba yo sentada en el baño y vi los pies del bebe que bajaban. Después vieron que no podía hacerlo en el baño y me llevaron a la pieza de mi papa, me acosté y me dijeron que tenía que empujar con mucha fuerza para poder sacar él bebe. Después sentí un resbalón y ahí fue cuando salió él bebe. Me había hecho pipí. Se lo llevaron y no me lo mostraron yo estaba mal porque sabía que se trataba del bebe. Él fue hombre, mi mamá me lo dijo.

La familia de Tamara, profundamente católica, decidió enterrar los restos. Macarena, la tía de la niña, según consta en el dictamen, “tomó el fetito y lo envolvió en una falda de la niña” y lo llevó hasta una tumba de la familia en el cementerio local.

Allí el cuerpo fue exhumado luego de que en junio de 2012 la directora del Centro de Intervención Infantil de la zona recibiera una denuncia e informara a la justicia sobre la situación de vulnerabilidad de Tamara y agregara que ésta se había provocado, meses antes, un aborto.

EL DELITO DE LAS POBRES
Que las familiares de Tamara fueran enjuiciadas no sorprende a Francisca Werth, jefa del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública, quien asegura que de los casos que son representados por su institución, la mayoría de los sometidos a proceso como cómplices “son mujeres, familiares o amigas de quien realiza una interrupción del embarazo”.

Werth explica que desde 2006 a mayo de 2014, 288 mujeres que se han ejecutado un aborto consentido han sido representadas por la Defensoría y de ellas, el 29 por ciento ha recibido algún tipo de condena, en la mayoría de las causas una pena remitida; el 37 por ciento ha tenido alguna salida alternativa (suspensión condicional del procedimiento o acuerdos reparatorios); el 19 por ciento ha tenido otro tipo de término; el 10 por ciento ha tenido sobreseimiento definitivo o absolución; y en el 5 por ciento la fiscalía no ha insistido.

Su explicación de las cifras es categórica: “No hay un interés de persecución de las mujeres que abortan porque, desde la Fiscalía, se asume que no es un delito que represente un riesgo para la sociedad y el sistema judicial tiende a ser benevolente, porque hay un dolor real de quienes están siendo procesadas”.

Werth enfatiza que, según la información de que dispone, “el aborto es un delito de las mujeres pobres: quienes llegan al sistema judicial son mujeres pobres y quienes son procesadas como cómplices son en su mayoría otras mujeres del mismo círculos social que las acompañan. Hay ahí una criminalización de la pobreza”.

EL DOLOR DE FERNANDA
En mayo de 2007, Fernanda tenía 18 años y 23 semanas de gestación. Su novio, Héctor, estudiante universitario, tenía 20 y una decisión clara: apoyar a su polola tanto si decidía tener un hijo como si quería abortar.

Ella optó por lo último. Su hermana, dos años mayor, presentaba un embarazo avanzado, sus padres estaban angustiados por esta situación y Fernanda pensó que lo mejor era no tener su guagua. “Mis papás quedaron destruidos y yo no quería causar más sufrimiento”, declaró.

En estas circunstancias, se recluyó una tarde en su casa en Los Ángeles y se introdujo por vía vaginal dos grageas de Misotrol. Tras múltiples y dolorosas contracciones, expulsó el feto y la placenta, los puso en unas bolsas y los dejó en un basurero de su barrio. Con las horas, el malestar en su útero no cedía y, en esas condiciones, llegó al hospital regional.

El médico de turno decidió que debía avisar al Ministerio Público. Es lo que casi siempre sucede en estos casos. Más allá de la obligación de confidencialidad con el paciente, refrendada por protocolos del Colegio Médico, un estudio de 201 causas de aborto desde 2001 a 2009 hecho por la Defensoría consigna que en el 90 por ciento de los casos las denuncias provienen de profesionales de la salud.

Fernanda, además, es representativa de las condenadas: en el rango etario de quienes son sometidas a la justicia por aborto, el 64 por ciento aproximadamente tiene entre 18 y 29 años y el 23 por ciento entre 30 y 40 años.

El caso sería típico, si no fuera por cómo falló en esta causa la jueza Cherie Palomera Astroza. Si bien condenó en 2008 a Fernanda como autora del delito de aborto voluntario, y a Héctor como cómplice, a una pena remitida de 60 días de presidio menor en su grado mínimo, Palomera argumentó su fallo desde la perspectiva del debate nacional sobre el aborto.

En la sentencia asevera que la justicia no debía ser más dura con la mujer que con su pareja, ya que ambos fueron responsables del “resultado injusto que se castiga” y asegura que si bien la sentencia pudo ser mayor, como pidió la Fiscalía, “es imposible eludir el cuestionamiento ético que rodea al aborto, las desproporciones del sistema punitivo chileno y la finalidad de prevención de la sanción”.

Aduce también que existen “posiciones antagónicas sobre el tema: la que considera que la interrupción del embarazo es una decisión personal de la gestante, y que el aborto voluntario debe ser impune; y aquella que persigue la protección de la vida humana dependiente a todo evento y que busca sancionar más o menos drásticamente el aborto voluntario” y apela a la crisis que el aborto genera en quien lo práctica, lo que hace innecesario otro tipo de castigos.

“La pena natural que la decisión significa es la que realmente produce la disuasión, cuando no un cambio drástico y pesaroso en la forma en que la joven pareja enfrenta el futuro, castigo al que la sanción penal sólo viene a sumarse, con un tinte incomprensible y/o difícil de sobrellevar, por el reproche ético y público que recae tanto en los sancionados como en sus grupos familiares”.

Werth comparte esta apreciación. “Se busca un castigo, porque se asume que ello sirve para no reincidir, pero en el caso del aborto es obvio que hay un nunca más, porque va acompañado de angustia, hay una pena natural y no hay nada que el sistema judicial pueda hacer para castigar más a la mujer que ya está sufriendo. Sólo se criminaliza a alguien que ya la ha pasado pésimo”, destaca.

LA CONDENA A UNA NIÑA DE 15 AÑOS QUE FUE VIOLADA
En marzo de 2012, en un largo juicio en el que fueron condenadas otras seis personas involucradas en su aborto, Amanda, de 15 años en esa época, fue sentenciada a 120 horas de trabajo comunitario. Fue la sanción que se le impuso por haber consentido la interrupción de su embarazo fruto de una violación de la que fue víctima cuando tenía apenas 13 años.

La historia de Amanda representa al 13 por ciento de las menores de edad que son sometidas a algún proceso judicial por aborto y su caso ejemplifica lo que Werth, del Departamento de Estudios de la Defensoría, denomina como una paradoja de este delito: que la víctima de un ilícito como la violación sea a la vez perseguida por la justicia.

Lo de Amanda es también un relato del horror que significa, en lo cotidiano, la ilegalidad de esta práctica.

En octubre de 2010, la niña de 13 se encontraba en la habitación de su casa en un pequeño pueblo en el sur del país, cuando su tío la violó o “accedió carnalmente por vía vaginal”, como dice la sentencia del Juzgado de Garantía de la zona.

Meses después de la violación, Amanda descubrió que estaba embarazada. Tenía ya 14 años y 20 semanas de gestación. Su madre, junto a familiares y al propio violador, decidieron que la niña debía abortar.

Comandados por la mamá de la menor, recurrieron a Carla, una mujer que vivía en el mismo pueblo y que les había asegurado tener los contactos y conocimientos necesarios para realizar un procedimiento seguro.

De ahí en adelante, la pesadilla de Amanda es casi calcada a la de las otras 73 mujeres que fueron condenas por las justicia por haber abortado en los últimos nueve años: la pobreza y la clandestinidad se conjugaron y la pequeña terminó, tras varios días de sufrimiento, en el hospital regional por un aborto mal practicado. De eso a la denuncia, hubo un paso.

La mujer contactada, que se ufanaba de su experticia, le pidió a la familia de Amanda 96 mil pesos para conseguir el tristemente famoso “Misotrol” e insumos médicos para realizar el procedimiento. El 21 de marzo de 2011, cinco meses después de que Amanda fue violada, Carla se contactó vía internet con una proveedora del fármaco, quien se identificaba como “Antonia”. La familia de Amanda a través de su conocida adquirió cuatro pastillas de Misotrol por una suma de 75 mil pesos y seis pastillas de “Mifepristona”.

Luego de recibir las instrucciones de uso, Carla, que fue imputada por aborto consentido, se dirigió al domicilio de Amanda, donde improvisaron un “hospital de campaña artesanal” en la cocina de la casa.

Amanda tuvo que tomar las pastillas de “Mifepristona” y luego le introdujeron el “Misotrol” en su vagina “hasta llegar lo más próximo al cuello del útero”. Luego, según los hechos, cerraron el conducto vaginal de la pequeña con un tampón para que las pastillas no se movieran del lugar donde las habían alojado.

“Así las cosas comenzó a desencadenarse el proceso abortivo, que es un efecto no deseado de los medicamentos en cuestión, cuyo uso farmacológico está destinado a otras dolencias y cuya adquisición se encuentra regulada mediante receta retenida”, detalla el fallo.

El procedimiento entró en su etapa decisiva, según el dictamen, a las 22 horas del día jueves 24 de marzo.

Lo que viene después es una película de terror. Amanda comenzó a sentir fuertes contracciones, un trabajo de parto dificultoso y de mucho dolor: “En su vientre se gestaba un embarazo de un feto femenino de diecinueve a veinte semanas de gestación que, por sus dimensiones y madurez, escapa incluso a las ilícitas capacidades del fármaco utilizado y pone en riesgo incluso la vida de la mujer que aborta”.

Mientras ella se retorcía de dolor, otras dos menores de edad presenciaban todo. Los gritos de la niña se prolongaron durante toda la noche del 24 de marzo y la madrugada del 25.

Cuando la situación era insostenible, Carla comenzó a llamar a personas para que la ayudaran. Como respuesta, recibió la instrucción de trasladar a Amanda a una clínica privada de Temuco. El costo era de 900 mil pesos. La familia no tenía esa suma y llevarla a un hospital público implicaba caer presos.

Alrededor de las 5 de la mañana del 25 de marzo, Amanda “expulsó el feto que tenía en su vientre”. En ese minuto, Carla cortó el cordón umbilical y desinfectó la zona vaginal. Mientras eso sucedía, el resto de la familia limpiaba la cocina ensangrentada y se deshacía de los materiales utilizados. El feto fue trasladado a un sector rural, a 14 kilómetos del domicilio de Amanda, y fue enterrado.

Posteriormente, Carla tomó contacto con una matrona, quien le dio consejos sobre las maniobras de limpieza y los cuidados médicos que Amanda debía recibir. La mujer se encargó de cuidar a Amanda durante 12 días y cobró 100 mil pesos. La situación clínica de la niña, sin embargo, empeoró y finalmente la trasladaron al sistema público de salud, que alertó al Ministerio Público.

Cuando fue condenada a 120 horas de trabajo comunitario, el prontuario de Amanda era haber sido violada a los 13.

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