Sala de Prensa

20/08/2014

Abogados Francisco Geisse y Pablo Aranda asistieron a comisión parlamentaria

Defensoría expuso críticas a norma vigente sobre trato a migrantes en el sistema penal

A través de su trabajo cotidiano, la institución ha detectado cuatro problemas principales que afectan los derechos de los migrantes en el sistema penal, “derivadas del exceso de facultades de la autoridad administrativa y de la falta de precisión del marco legal que regula su actuar”.

Por Marcelo Padilla V.,
Defensoría Nacional.

Los abogados Pablo Aranda y Francisco Geisse, ambos del Departamento de Estudios y Proyectos (DEP) de la Defensoría, concurrieron recientemente a la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, para exponer ante esa instancia la visión institucional respecto de la situación actual de los migrantes ante el sistema penal chileno.

A la sesión de la comisión, presidida por Hugo Gutiérrez e integrada -ente otros- por Jaime Bellolio, Gabriel Boric, Tucapel Jiménez, Raúl Saldívar y Felipe Letelier, concurrieron también representantes del centro especializado en derechos humanos de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana y de varias ONG’s que integran el ‘Grupo de trabajo contra la trata de personas’.

Los profesionales explicaron a los parlamentarios que durante 2013 la Defensoría atendió a 4 mil 796 imputados extranjeros, la mayoría concentrados en las regiones de Arica y Parinacota, Metropolitana, Tarapacá, Antofagasta y Valparaíso.

Aranda y Geisse agregaron que aunque ese total representó sólo el 1,4 por ciento de las 343 mil 555 personas atendidas en total durante el período, la institución creó un área de defensa especializada orientada específicamente a este grupo vulnerable, contexto en que ya se han capacitado 104 defensores públicos de todo el país, con énfasis en las zonas donde se concentra mayor población extranjera, pues la demanda por atención es mayor.

Los profesionales aclararon a los parlamentarios que a partir de este trabajo institucional, la Defensoría ha detectado diversas situaciones preocupantes respecto de los derechos de los migrantes que enfrentan al sistema penal, “derivadas del exceso de facultades de la autoridad administrativa y de la falta de precisión del marco legal que regula su actuar”.

Se refirieron, en particular, al Decreto Ley 1.094 y su reglamento, que están vigentes desde 1975 y que por estas mismas razones “han debido ser moderados por vía jurisprudencial”.

CUATRO PROBLEMAS
Según ambos abogados, cuatro son los problemas principales derivados de esta normativa. El prinicipal es la posibilidad de expulsión administrativa de personas absueltas o con salidas alternativas, pues varios artículos del decreto ley suponen “una amplia y arbitraria” facultad de la autoridad administrativa para revocar permisos y autorizaciones.

Ello transforma la estadía del extranjero en ilegal, de modo que éste queda expuesto a una expulsión,  que “no considera aspectos tan relevantes como su situación familiar y laboral, violando de esta manera principios como el interés superior del niño y la protección a la familia”, explicaron Aranda y Geisse.

Otro aspecto identificado por ambos abogados en este mismo contexto tiene que ver con que la nomenclatura del decreto ley alude a normas y prácticas ya abandonadas por el sistema procesal penal, pues se señala que el ‘auto de procesamiento’ será causal de expulsión del país, pese a que esa figura fue absolutamente derogada con la reforma procesal penal.

“La autoridad administrativa ha relacionado el sometimiento a proceso con la formalización del proceso penal actual. Por ende, basta que se formalice a una persona por cualquiera de los hechos descritos, para que la autoridad administrativa dicte una expulsión”, informaron.

Pablo Aranda y Francisco Geisse mencionaron otros tres problemas centrales: la retención de documentos que el decreto ley autoriza a la Policía de Investigaciones respecto de extranjeros que no cumplen las normas del texto legal, la superposición de expulsiones contenidas como figuras en distintas normativas legales vigentes y, por último, el acto de materialización de estas expulsiones, pues la norma vigente no señala la manera precisa en que esto debe hacerse, lo que se presta para prácticas atentatorias contra los derechos de los extranjeros.

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