Sala de Prensa

28/10/2014

Abogados no descartaron apelar a Corte de Apelaciones

Juzgado rechazó solicitud de defensores y se declaró incompetente en caso Bombazos

La fallida solicitud de los abogados se basó en el hecho que fue en la comuna de Las Condes donde se produjo el hecho que da origen a las diligencias investigativas, esto es el bombazo en el vagón del metro Los Dominicos, el 13 de julio de 2014.

Por Gustavo López Valeria
Defensoría Regional Metropolitana Sur

El magistrado Rodrigo Carrasco, del Cuarto juzgado de Garantía, rechazó este mediodía la solicitud de competencia interpuesta por los defensores penales  públicos Eduardo Camus, Rodrigo Torres y Cristian Sleman, en representación de los imputados del llamado caso Bombazos.

Esta mañana, en dependencias del tribunal correspondiente a la comuna de Las Condes, los abogados de Nataly Casanova , Juan Flores y Guillermo Durán, solicitaron que ese tribunal se hiciera competente para conocer de la investigación que lleva la Fiscalía Sur, y que actualmente se ventila en el 15° Juzgado de Garantía.

La solicitud de los abogados se basó en el hecho que fue en la comuna de Las Condes donde se produjo el hecho que da origen a las diligencias investigativas, esto es el bombazo en el vagón del metro Los Dominicos, el 13 de julio de 2014.

Durante su exposición, los defensores recalcaron que a la luz de los antecedentes, la causa debía radicarse en el Cuarto Juzgado de Garantía, pues es el territorio donde se produce el primer hecho investigado: Se suma esto, el hecho que se presentaron querellas por parte de Metro S.A. y los diputados de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Gustavo Hasbún y Juan Antonio Coloma.

JUEZ NATURAL
A su turno, el Jefe de Estudios de la Defensoría Metropolitana Sur, Nicolás Orellana, indicó que la jurisprudencia existente en casos similares, había radicado la investigación en la zona donde se había producido el hecho, aludiendo al concepto de ”juez natural”.

Por su parte Eduardo Camus, defensor de Nataly Casanova, recordó que en el primer hecho imputado, y donde se le sindica a su defendida como una de las partícipes, se habló de colocación, aspecto que “si uno se centra en el verbo rector, implica el depositar en un lugar, por tanto deja fuera el transporte, que serían acciones preparatorias, y que por lo demás son indubitadas.”

Según el Jefe de Estudios de la Defensoría Metropolitana Norte, Carlos Mora- quien hizo se sumó a la solicitud de competencia del 4° Juzgado- ejemplificó la situación de pedir la inhabilidad del 15° tribunal de La Pintana, indicando que sería similar al caso en que “una persona comprara un cuchillo en Santiago, tomara un avión a Temuco y cometiera allá un homicidio, no podemos decir que el acto preparatorio se realizó en Santiago, para radicar la causa en la capital.”

DECISÖN DEL TRIBUNAL
El juez Rodrigo Carrasco, decidió finalmente declararse incompetente para conocer de la causa, pues coincidió con los persecutores en el hecho que desde el momento en que supuestamente el artefacto explosivo salió de la comuna de La Pintana, se puso en riesgo a las potenciales víctimas y seguridad pública, por tanto a su juicio el 15° Juzgado de Garantía resultaba competente para conocer de la tramitación de la causa.

Tras la decisión adoptada  los defensores indicaron que estudiarían la resolución, no descartando  recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago.

  • subir
  • imprimir
  • volver