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02/12/2014
Tras juicio oral por incendio en fundo Pisú Pisué, ocurrido en enero de 2013 en Río Bueno
Defensa pública presentó recurso de nulidad para absolver a machi Millaray Huichalaf
Tras lograr la absolución de tres comuneros, el defensor público Luis Soto recurrió de nulidad en favor de la autoridad espiritual de la comunidad El Roble Carimallín. Esgrimió vicios penales y falta de fundamentos en la ponderación y descarte de pruebas en la sentencia del Tribunal Oral de Valdivia que la condenó en fallo dividido.
Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
Periodista Defensoría Regional de Los Ríos.
Luego de que el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia absolviera por unanimidad a los comuneros Fenix Delgado Ahumada y Alex Bahamondes Garrido, junto al machi Tito Cañulef Neipán y condenara -en decisión dividida- a la machi Millaray Huichalaf a 61 días de pena remitida, el defensor penal público Luis Soto presentó ayer lunes un recurso de nulidad que busca la absolución de la autoridad ancestral, mediante la realización de un nuevo juicio oral.
En subsidio, y considerando que el delito imputado es equívoco, porque no se configura el encubrimiento, el escrito solicita que se dicte sentencia de remplazo absolutoria en favor de Huichalaf.
Al fundamentar la acción legal, Soto explicó que toda sentencia debe fundamentar por qué considera o descarta cada una de las pruebas, “fundamento que en esta sentencia está ausente en varios pasos, por lo que creemos que se puede generar una causal de nulidad”, indicó.
Entre los argumentos que esgrimió la defensa pública para que se dicte una sentencia de reemplazo sólo en el caso de la machi, Soto mencionó que la sentencia condenatoria adolecería de un vicio, en tanto se habría hecho una errónea aplicación del derecho.
Esto, según el abogado, porque los hechos que se han tenido por probados en contra de Millaray Huichalaf no serían constitutivos de encubrimiento, delito por el que fue condenada .“La exigencia de la ley para calificar de encubridor a alguien es que tenga conocimiento de la realización de un delito, que este conocimiento sea posterior al hecho y realizar determinadas acciones para encubrirlo, como ocultar los elementos utilizados. Sin embargo, la sentencia no da cuenta de acciones en este sentido, con lo que creemos que se configura una infracción penal”, aseguró.
OTRA CONTRADICCIÓN
Otro argumento mencionado por Soto es que parece contradictorio que el único comunero acusado como autor de incendio resultara absuelto, lo mismo que los otros dos comuneros acusados como encubridores, "quienes se encontraban en las mismas circunstancias y lugar que Millaray Huichalaf. No obstante, ella es la única que resulta condenada. Ahí nos parece que hay otro sesgo de importancia, que nos motiva a la presentación de este recurso”, precisó.
El defensor público explicó que el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia debe evaluar la admisibilidad del recurso para luego enviarlo a la Corte de Valdivia, discusión que debiera estar en tabla para su alegato en las siguientes dos semanas, estimó.
Sobre el total de acusados en este caso, se mantiene vigente la orden de detención contra el comunero Francisco Jones Huala, quien no se presentó al juicio oral y se mantiene con paradero desconocido. Asimismo, el comunero Cristian García Quintul, también representado por el Centro de Investigación y Defensa CID Sur, al no haber sido notificado de la fecha de audiencia, hizo uso de su derecho de no participar del juicio, de modo que el tribunal debió reprogramarlo para el 9 de marzo de 2015.
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