Sala de Prensa

06/04/2015

Tribunal Oral en lo Penal de Iquique:

Absuelven por legítima defensa a estudiante

Defensa acreditó que el joven que, en un principio había sido acusado de homicidio frustrado, sólo se defendió del hombre que lo atacó.

Héctor Mérida C.,
Defensoría Regional de Tarapacá

Por unanimidad los jueces consideraron en legítima defensa la reacción de un joven estudiante que propinó tres heridas punzantes a un ebrio que lo atacó en la misma cocina del local nocturno en que laboraba de cocinero. 

Su defensora penal pública, Carolina Arancibia, demostró que el joven actuó instintivamente tras recibir el acoso, durante más de tres horas, de parte de J.R. un limpiador de autos que operaba en las afueras del local en que trabajaba. 

En el propio relato de la víctima de las heridas, ésta admite que desde las 19 horas de un domingo del año 2009 estuvo acosando a quien después lo heriría. Así consta además en la declaración del tribunal, ya que “ese  día andaba ebrio, se había tomado una caja de vino con un amigo, y aunque no era muy fuerte, por su condición de alcohólico rápidamente lo dañó, sintiéndose mareado, por eso recuerda cosas de lo sucedido, pero no las hila de manera coherente, como que quebró una botella fuera del local”. 

Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique evaluaron tales circunstancias y cada detalle de lo que pasó, “quedando claro al tribunal que las lesiones se produjeron en un contexto de una provocación que partió del afectado, desde insultos, daños y  lanzamiento de objetos contra el acusado, concordancia que se mantuvo hasta la acción de intentar agredirlo con una botella y lanzarle un letrero”, según reza el veredicto.

No obstante que se acreditó que el acusado fue el autor de las lesiones inferidas al afectado, dictamos absolución en su favor, por concurrir a su respecto la eximente de legítima defensa propia alegada”, especifica el tribunal, que añade que los hechos acreditados evidencian “la existencia de la agresión ilegítima y la falta de provocación exigida por el legislador”.

Los magistrados también especificaron que “el requisito de la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión ilegítima, se tuvo por acreditado, desechando “la alegación del acusador de ser desmedida la reacción del imputado y  no proporcional a la ofensa”.

El joven estuvo prófugo hasta el año 2013, aunque siguió estudiando hasta obtener el título de la carrera universitaria que cursaba cuando ocurrió el grave incidente. Tras ser detenido se le mantuvo con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que finalizó al ser absuelto.

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