Sala de Prensa

02/06/2015

A partir de una querella de injurias graves presentada en febrero de 2015

Corte Suprema rechaza por unanimidad solicitud de desafuero contra el Intendente Emilio Rodríguez Ponce

Por la unanimidad del pleno de sus miembros, la Corte Suprema rechazó en forma definitiva la solicitud de desafuero del actual Intendente Regional, condenando al querellante a pagar las costas del juicio por haber litigado sin motivos plausibles. La defensa estuvo a cargo de la Defensoría Penal Pública.

Por Daniela Tapia M.,
Defensoría Regional de Arica y Parinacota.

El pleno de ministros de la Corte Suprema rechazó por unanimidad un recurso de apelación presentado por Marcelo Muñoz Abella para insistir en su solicitud de desafuero del actual intendente de Arica y ex rector de la Universidad Tarapacá, Emilio Rodríguez Ponce, petición que previamente ya había sido rechazada -también por unanimidad- por el pleno de la Corte de Apelaciones de Arica.

La solicitud de desafuero se refería a un supuesto delito de injurias graves, a partir de dichos expresados por Emilio Rodríguez cuando aún actuaba como rector de la citada casa de estudios superiores, con lo cual quedó así totalmente descartada la comisión del ilícito.

Además de rechazar la solicitud de desafuero para la autoridad regional, los jueces de la Corte Suprema ordenaron al querellante pagar las costas del juicio, por no haber tenido motivo plausible para litigar. Según la sentencia, “vistos y oídos los intervinientes, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de abril último, escrita a fojas 233 y siguientes, con costas”.

DEFENSA PÚBLICA
La defensa de Rodríguez estuvo a cargo del Defensor Regional de Arica y Parinacota, Claudio Gálvez Giordano, quien representó al intendente desde el inicio de la querella.

Consultado tras el fallo, sostuvo que “se confirmó lo que siempre habíamos sostenido, en cuanto a que la querella era absolutamente infundada. En la época en que el intendente era rector de la universidad, emitió un informe jurídico a Contraloría, en que sus expresiones fueron absolutamente ajustadas a derecho, sin haber tenido ninguna intencionalidad ni menos un carácter injurioso contra el querellante”.

Gálvez agregó que lo anterior quedó demostrado de manera contundente en primera instancia, cuando la Corte de Apelaciones de Arica, por la unanimidad de sus siete ministros titulares, desechó la petición de desafuero diciendo que no existía injuria.

"Ahora ha quedado confirmado tajantemente por la unanimidad del pleno de Ministros de la Corte Suprema. Estamos muy satisfechos por este resultado y muy conformes, por el hecho de que la máxima autoridad regional haya querido ser representado precisamente por la Defensoría, que es la institución pública a la que corresponde representar penalmente a la mayoría de los ciudadanos del país”, señaló.

QUERELLA
El pasado 11 de febrero, Marcelo Muñoz Abella se querelló por supuestas injurias graves en contra del actual intendente ariqueño, luego de que el ex rector enviara a Contraloría un informe en relación con un conflicto que la Universidad de Tarapacá mantenía con la empresa Mira Blau, de propiedad de Muñoz Abella.

Dicho informe fue catalogado como injurioso por el empresario, quien de inmediato emprendió la acción legal. Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Arica rechazó por unanimidad la solicitud de desafuero contra el intendente. De hecho, en esa sentencia se destacó que “esta corte estima que las expresiones vertidas por el querellado Emilio Rodríguez Ponce, intendente de la región, dado en el contexto que lo fueron, carecen de mérito suficiente para constituir el delito de injurias, materia de la querella deducida en su contra por Marcelo Muñoz, por lo que se ha desestimado la petición de desafuero formulada por este”.

Tras ese resultado, el abogado del querellante informó que presentaría un recurso de apelación ante la Corte Suprema, tribunal que ahora nuevamente rechazó el desafuero en forma unánime, y esta vez de modo definitivo.

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