Sala de Prensa

18/12/2015

En el tercer juicio oral del caso

Absuelven a los dos jóvenes imputados por el abuso sexual a joven parvularia de San Fernando

Los hechos, ocurridos el 7 de agosto de 2012, causó conmoción pública, porque la víctima se suicidó al poco tiempo de sufrir el ataque.

Por Andrea Contreras Márquez,
Defensoría Regional de O'Higgins.

Unánime fue la decisión del Tribunal Oral de San Fernando para absolver a Cristian Briones y Yonathan Pizarro, ambos imputados por el ataque sexual sufrido en 2012 por una joven de 24 años.

Los hechos se remontan al 7 de agosto de ese año, cuando Carabineros recibió la denuncia de la víctima, Gabriela Marín, quien indicó que un sujeto la abordó en el centro la ciudad, conduciéndola bajo amenaza a un sitio eriazo ubicado a un costado de la vía férrea, donde otros dos hombres la esperaban para golpearla, robarle y abusar sexualmente de ella.

Tres sujetos fueron detenidos esa misma noche y trasladados al día siguiente al Tribunal de Garantía para controlar su detención, oportunidad en la que tal diligencia fue declarada ilegal por los graves errores cometidos en el procedimiento policial. Ese mismo día, y como víctima de un avanzado estado depresivo, Gabriela Marín decidió suicidarse.

JUICIOS ORALES
Más de tres años pasaron desde que ocurrieron los hechos y desde entonces esta causa no ha dejado de tener hitos importantes. Primero fue la orden de no perseverar en el caso de uno de los encartados, Bruno Ruiz Díaz. Posteriormente, se realizó el primer juicio oral, en el que -a raíz de la enfermedad de una de las magistrados- el tribunal tuvo un fallo dividido.

A mediados de este año se realizó un nuevo juicio  en el que los jóvenes fueron absueltos, sin embargo la parte querellante recurrió de Nulidad ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, recurso que fue concedido por lo que este lunes se inició un nuevo proceso tras el cuál los imputados fueron resultaron declarados inocentes.

En la lectura del veredicto, el juez presidente, Joaquín Nilo, señaló que la prueba presentada por la Fiscalía y el querellante era muy deficitaria, lo que dio cuenta de los errores policiales y la deficiente dirección de la investigación.

Por tanto, agregó el magistrado, no se podía exigir a un tribunal de derecho condenar a dos jóvenes sin contar con prueba lícita y de calidad para acreditar su participación, pues el único antecedente que se tenía contra ellos era la declaración de la víctima, quien no describía físicamente a sus agresores, sino que sólo señalaba que usaban chaqueta roja, chaqueta negra y un gorro “tipo chilote”.

En este mismo sentido, el defensor público de la causa, Cristian de la Jara, manifestó que con éste último fallo se terminan tres años de angustia para los imputados y sus familias, pues si bien es entendible el dolor de los deudos de Gabriela Marín, tampoco es menor el daño causado a los imputados y a su entorno cercano, dado que estuvieron más de tres años con la angustia de ser socialmente condenados, pese a ser inocentes.

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