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16/05/2016
Había sido acusado por abuso sexual y violación
Prueba pericial y testimonial permitió a la Defensoría lograr absolución de inocente
De forma inédita, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica se constituyó en la Defensoría Regional, con el objeto de tomar declaración por medio de videoconferencia a la perito de la defensa Frances Leaño, quien compareció desde Antofagasta.
Por Daniela Tapia Méndez,
Periodista Defensoría Regional de Arica y Parinacota.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica dictó veredicto absolutorio en favor de Mario Alberto Díaz Tello, quien había sido acusado como autor de los delitos de abuso sexual y violación, ilícitos supuestamente cometidos en febrero y marzo de 2013 en esta ciudad.
En un hecho inédito y en el contexto de la prueba pericial y testimonial que presentó para sustentar su teoría del caso -y que demostraba la inocencia del acusado-, el defensor público Raúl Gil presentó ante el tribunal la declaración de la perito Frances Leaño Peña, quien reside en Antofagastaa y depuso en el caso por medio de una videoconferencia, realizada en la sede de la Defensoría Regional.
Esta pericia de la defensa pública permitió contrastar y desestimar la pericia psicológica expuesta por el Ministerio Público, que según la sentencia “adoleció de vicios formales, dudas y contradicciones en su exposición al concluir el resultado de credibilidad del relato de la víctima”.
El defensor público de la causa señaló que “la perito psicóloga Frances Leaño realizó una meta pericia de carácter forense, solicitada por esta defensa, con el fin de contrastar la pericia presentada por la Fiscalía. El trabajo de la defensa a través de la pericia ofrecida logró establecer los estándares de calidad que debe cumplir un peritaje de este tipo y que, en este caso en particular, sirvió para establecer los requisitos que debieron ser exigidos para la credibilidad del testimonio de la joven de iniciales F.S.P.CH., supuesta víctima del delito de violación y abuso sexual, lo que en definitiva llevó a los jueces a dictar sentencia absolutoria por ambos delitos”, explicó.
Por todo lo anterior, el tribunal decidió absolver al imputado, tras estimar que la prueba de cargo no resultaba suficiente para acoger la pretensión de culpabilidad que sustentaba el Ministerio Público, y que “sumado a las contradicciones, inconsistencias, imprecisiones y errores de la misma prueba de cargo, tanto testimonial como pericial rendida durante la audiencia, analizada de manera libre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, pero sin contradecir en ello los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, no se logró establecer, más allá de toda duda razonable, la ocurrencia de los hechos que da cuenta la acusación”.
LOS HECHOS
Todo comenzó en febrero de 2013, cuando la joven de iniciales F.S.P.C., de 15 años, vivía junto a su grupo familiar, incluyendo al acusado Mario Diaz Tello, hijo del conviviente de la madre de la menor, quien se encontraba de visita en el hogar.
Según la denuncia, éste habría abordado a la adolescente un día que estaba sola en la casa, realizándole tocaciones. Según el Ministerio Público, posteriormente, y ya cuando la joven había reanudado sus clases, en marzo de 2013, mientras ella estaba en su cama, el acusado se acostó a su lado y procedió a violarla.
LA DEFENSA
En relación con los dos hechos acusatorios, la defensa pública expresó que los dichos de la víctima y los demás antecedentes son reproducciones contradictorias y malas de tales sucesos, pues la joven tenía una historia de vida de sufrimiento y maltrato, ya que había sido violada previamente por el abuelastro.
También se dio a conocer que la joven no tenía buena relación con su madre y padrastro desde antes de febrero de 2013, especialmente con éste último, una vez que el hombre y su madre ya se habían separado. El motivo principal que habría tenido para actuar de esa forma habría sido captar la atención que necesitaba de su madre.
Otro de los motivos señalados por la defensa pública para justificar el actuar de la joven tiene que ver con que una noche de febrero de 2013, la adolescente salió a una fiesta y recibió permiso hasta la una de la madrugada, aunque regresó a la casa pasadas las tres de la mañana, contexto en que Mario –el imputado-, la acusó con sus padres, tras lo cual regresó a Antofagasta.
En ese contexto, la joven se escapó de la casa para irse a vivir con su pololo, acto que junto con la denuncia de violación constituyeron una venganza contra el acusado.
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