Sala de Prensa

26/07/2016

Entró en vigencia el pasado 4 de julio

Defensores de Atacama se capacitan sobre nueva ley de agenda corta

Con el objetivo de capacitar a todos los defensores penales públicos, el Departamento de Estudios de la Defensoría Nacional está llevando a cabo estas capacitaciones a lo largo de todo el país.

Por Claudia Jiménez C.,
Defensoría Regional de Atacama.

A poco andar desde la entrada en vigencia de la Ley N° 20.931, directivos y defensores públicos de la región de Atacama asistieron a una capacitación sobre sus principales contenidos, encabezada en Copiapó por Francisco García, abogado del Departamento de Estudios y Proyectos (DEP) de la Defensoría Nacional.

El 4 de julio recién pasado comenzaron a regir las normas de la denominada 'ley de agenda corta', que modificó 13 cuerpos legales e introdujo importantes reformas al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley N° 18.216, cuerpos normativos que son aplicados a diario por los intervinientes del proceso penal y que, por cierto, significan cambios relevantes en la labor de los defensores en  las audiencias.

“Sin duda, esta ley debe ser la reforma más drástica al sistema procesal penal y al núcleo del sistema punitivo de nuestro Código Penal. De ahí la urgencia de capacitarnos en todas las modificaciones. Los cambios más relevantes están referidos a las nuevas reglas de determinación de penas y a la ampliación de facultades de la policía para llevar adelante la persecución penal, por lo que debemos estar preparados para enfrentar los cambios introducidos”, recalcó el Defensor Regional, Raúl Palma.

"MARCO RÍGIDO"
Francisco García se refirió en extenso al denominado “marco rígido” de la ley, a partir del cual ahora la determinación de la pena por la concurrencia de varias atenuantes o agravantes tendrá que circunscribirse a los márgenes que establece la nueva ley para el respectivo delito contra la propiedad, "lo que implica diferencias sustanciales respecto de la forma de cálculo de la pena para estos delitos que estaba vigente previo a esta modificación".

El abogado de Estudios destacó, además, que en el control preventivo de identidad actual no será necesario que exista un indicio claro sobre la comisión de un delito, sino que cualquier policía estará facultado para exigir a cualquier persona mayor de 18 años que se identifique.

La jornada se caracterizó por una gran participación de los profesionales presentes, quienes a través de sus propias experiencias representaron sus dudas respecto de la procedencia de juicios abreviados, determinación de penas, control de identidad preventivo y las reglas que amplían las facultades policiales autónomas, entre otras materias.

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