Sala de Prensa

15/11/2016

En caso de gendarme argentino que fue acusado de tráfico de drogas

Corte Suprema paraliza reedición local de "El expreso de medianoche"

En su fallo, el máximo tribunal del país señaló expresamente que hubo desproporcionalidad en la determinación de la prisión preventiva del imputado y que la decisión del juez de garantía fue arbitraria.

Tras acoger un recurso de amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública, la Corte Suprema dejó sin efecto la prisión preventiva que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt decretó el pasado 29 de septiembre en contra de Miguel Ángel Segundo, ciudadano extranjero y funcionario de la Gendarmería Argentina, quien fue imputado como autor del delito de tráfico de drogas luego de que el Ministerio Público de Los Lagos calificara en dichos términos la circunstancia de haberlo sorprendido el día anterior conduciendo por las calles de la comuna de Chaitén un vehículo particular en cuyo interior la policía encontró 17 pastillas de anfetaminas.

Con ese pronunciamiento del máximo tribunal del país parece haber terminado, al menos por ahora, una suerte de reedición local de "Expreso de medianoche", película en la que se narra la historia real que, en 1970, vivió Billy Hayes, un joven estadounidense que en 1970 fue encerrado en una cárcel de Turquía, tras ser detenido en el aeropuerto de Estambul portando una pequeña cantidad de hachís adherido a su cuerpo.

Al igual que en el guion de la premiada obra cinematográfica, escrita por el afamado director Oliver Stone, la imputación de tráfico de drogas y la condición de gendarme argentino de Miguel Ángel Segundo lo mantuvieron hasta ahora sumido en la angustia del encierro y el miedo a que, atendida su condición de policía, pudiera ser víctima de las agresiones de otros internos del Complejo Penitenciario de Puerto Montt donde permanecía hasta ahora encerrado.

Si bien el juez de letras y garantía de Chaitén en un primer momento no dio lugar a la prisión preventiva del imputado, quien negó ser traficante de drogas y aseguró consumir anfetaminas por prescripción médica para combatir la angustia y su evidente sobrepeso físico, fue la Corte de Apelaciones de Puerto Montt la que, en virtud de la formalización fiscal por tráfico de drogas, lo consideró un peligro para la seguridad de la sociedad y decretó su prisión preventiva.

RECURSO DE AMPARO
El defensor penal público de Chaitén, Juan Gatica -quien asumió la representación de Miguel Ángel Segundo- impugnó desde el primer minuto la privación de libertad de su defendido, a través de un recurso de amparo en contra de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que fue declarado inadmisible, para luego dedicarse a obtener todos los documentos y antecedentes que probarían que Miguel Ángel Segundo es funcionario de Gendarmería argentina y se encuentra actualmente sometido a tratamiento médico y consumo de fármacos para tratar su problema de ansiedad y sobrepeso.

“Con esa nueva información y evidencia documental pedí la revisión judicial de la la prisión preventiva y, sin embargo, el Tribunal de Chaitén modificó su criterio inicial al negar la libertad del amparado en virtud de lo resuelto por su superior jerárquico, decisión que fue compartida por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que mantuvo la privación de libertad”, sostuvo el defensor público.

Luego, en un trabajo conjunto con la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Los Lagos y la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, el defensor Juan Gatica elevó el conocimiento del caso ante la Sala Penal de la Corte Suprema, instancia que no sólo dejó sin efecto la prisión preventiva impuesta al imputado argentino, sino que derechamente desestimó la calificación jurídica de tráfico de drogas realizada por el Ministerio Público, dejando claramente establecido que la privación de libertad resultaba desproporcionada y arbitraria en el caso concreto.

TRABAJO CONJUNTO
Juan Gatica destacó el trabajo conjunto realizado en favor del amparado, quien tiene derecho a permanecer en libertad mientras se investiga su caso y ahora, en conjunto con su defendido, podrá concentrarse en reunir todas las pruebas y evidencias que le permitan demostrar judicialmente que Miguel Ángel Segundo es un funcionario de la Gendarmería argentina de irreprochable conducta penal y que, actualmente, consume fármacos para abordar terapéuticamente y bajo control médico su problema de ansiedad y sobrepeso

Según Gatica, también esperan dejar claramente establecido que Segundo a Chile ingresó en calidad de turista sin haber traficado ni distribuido ninguna sustancia ilícita en el territorio nacional.

Finalmente, el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Lagos, Gustavo Peñailillo, calificó la resolución de la Corte Suprema como un estímulo para la defensa penal pública en la región.

“Queda establecido, mediante desempeños de calidad, oportunos y permanentes en el tiempo, que efectivamente es posible enderezar aquellos cuestionables criterios alejados de la ley y la Constitución que emplean en muchas ocasiones los jueces y fiscales en el ejercicio de sus funciones. El derecho al recurso siempre debe ser ejercitado, con prescindencia de su destino, recordando que la defensa pública tiene obligación de medios y no de resultado”, explicó.

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