Sala de Prensa

06/07/2017

En fallos recientes de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt

Defensa penitenciaria de Los Lagos revierte rechazos de libertades condicionales

Durante el primer semestre de este año, 210 internos de la región postularon al beneficio.

En al menos seis fallos sucesivos, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt ha enmendado las decisiones de la Comisión de Libertad Condicional de Los Lagos, que el pasado 28 de abril denegó el retorno al medio libre de 67 condenados del complejo penitenciario de la capital regional, al aumentar sustancialmente el tiempo mínimo exigido para que los internos puedan ejercer ese derecho.

Hasta ahora, el tribunal de alzada ha otorgado directamente la libertad condicional reclamada por la defensora pública penitenciaria Daniela Bustos en favor de seis amparados y lo ha hecho indicando expresamente que la modificación introducida por la Ley N° 20.931 al artículo 3° del Decreto Ley 321 sobre libertad condicional es inaplicable a los casos expuestos, por tratarse de una disposición más gravosa que la vigente al tiempo en que comenzaron a cumplirse las respectivas condenas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 N°3 de la Constitución, 18 del Código Penal y 11 del Código Procesal Penal.

En las últimas clínicas jurídicas penitenciarias, donde los prestadores de defensa penal pública analizaron los pronunciamientos de la Comisión de Libertad Condicional, la Defensoría Regional de Los Lagos concluyó que muchas de esas resoluciones eran ilegales, porque en forma contraria a la Constitución Política se había resuelto aplicar retroactivamente y en perjuicio de los condenados la Ley N° 20.931, que a partir del 5 de julio elevó de la mitad a 2/3 de la pena el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de la condena para postular a la libertad condicional en delitos tales como violaciones y robos calificados, entre otros.

DERECHOS INDIVIDUALES
El jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional, Gustavo Peñailillo, y el coordinador regional de defensa penitenciaria, Germán Echeverría, sostuvieron que independientemente de los buenos resultados obtenidos hasta ahora, se ha insistido a los defensores públicos en el deber que tienen de invocar y reclamar en las instancias administrativas y judiciales competentes el respeto de los derechos individuales de los condenados a penas privativas de libertad.

“Nos hemos impuesto abogar por la extensión del estado de derecho al interior de los presidios, más allá de lo favorable o desfavorable de las resoluciones judiciales -cuestión siempre contingente-, queremos contribuir a la instalación de una cultura que normalice y regularice el ejercicio de los derechos individuales de los condenados en las cárceles de la región”, explicó Peñailillo.

De acuerdo con la información disponible, durante este primer semestre, la autoridad penitenciaria postuló para el acceso a la libertad condicional a 210 internos, entre hombres y mujeres, de los cuales el 47 por ciento obtuvo finalmente su libertad bajo condición.

Puerto Montt concentró el mayor número de condenados con posibilidades de reinsertarse a la vida en sociedad, con 120 internos postulantes, de los cuales 53 fueron informados favorablemente por la Comisión de Libertad Condicional, lo que representa un 53 por ciento de dicho universo.


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