Sala de Prensa

20/03/2018

Así lo resolvió el magistrado Luis Avilés, del Octavo Tribunal de Garantía de Santiago

Tribunal sobreseyó definitivamente a imputado cuya inocencia fue confirmada por ADN negativo

El caso de un cuidador de autos que pasó cuatro meses en prisión preventiva tras ser imputado erróneamente por violación, será presentado para el "Proyecto Inocentes" de la Defensoría Penal Pública.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

Tal como se esperaba desde que el Servicio Médico Legal (SML) emitió el resultado de un peritaje que confirmó ADN negativo, el Octavo Tribunal de Garantía de Santiago sobreseyó definitivamente a Eduardo Molina (30) del cargo de violación que le imputaba la Fiscalía.

El cuidador de autos, que trabajaba en calles de Ñuñoa, permaneció cuatro meses en prisión preventiva debido a un reconocimiento erróneo y a un procedimiento que fue severamente cuestionado por el defensor penal público Nelson Salas.  

Para que no quedaran dudas, el magistrado Luis Avilés sobreseyó a Molina fundando su sentencia en la letra b del artículo 250 del Código Procesal Penal (CPP), es decir por su total inocencia respecto de los cargos imputados.

PROCEDIMIENTO CUESTIONADO
Desde la primera audiencia, realizada el 17 de septiembre de 2017, la defensa pública cuestionó el procedimiento seguido en la investigación. La violación de una joven por un intruso que ingresó a su casa en Ñuñoa había ocurrido un año antes, en septiembre de 2016, y según reconoció la Fiscalía, el nombre de Eduardo Molina surgió por el dato entregado por otro cuidador de autos del sector, apodado 'El Manjar'.

Sin embargo, esta persona nunca más fue habida y la defensa pública solicitó que se le investigara, ya que podría ser un eventual sospechoso del delito.

Posteriormente, y con el dato proporcionado por 'El Manjar', se llegó a Molina a través de un reconocimiento fotográfico que hizo la víctima, cuyo procedimiento también fue cuestionado por el defensor público Nelson Salas.

Cuando la fiscal Mitzi Hernández solicitó la prisión preventiva, Salas se opuso bajo el argumento de que, dado que se habóan encontrado restos de semen del atacante, era sólo cuestión de esperar el resultado del SML para ver si era procedente o no aplicar esa dura medida cautelar contra su representado. Sin embargo, el tribunal resolvió no esperar y dejó al imputado privado de libertad.

Con todo, Salas explica que lo más cuestionable vino al final, ya que a pesar de su insistencia, el informe del SML demoró demasiado, por lo que su defendido debió pasar cuatro meses en prisión preventiva “y 17 días de privación de libertad estuvieron completamente demás”, ya que el SML despachó su informe exculpatorio a la Fiscalía el 8 de enero, pero ésta se lo comunicó sólo el día 23 de ese mismo mes, tras lo cual pudo pedir una audiencia urgente para que el tribunal lo dejara libre el 25 de enero.

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