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30/04/2018
Caso de absolución:
Defensoría logra acreditar la inocencia de boliviano acusado por el homicidio de dos carabineros en el altiplano
La defensa dijo estar satisfecha "porque la verdad de Juan Carlos fue acogida por el Tribunal". Tras conocer el fallo, uno de los defensores de Quispe, Sergio Zenteno destacó que "él estuvo más de dos años privado de libertad siendo inocente, y sin duda esto debería llevarnos como país a cuestionarnos el uso excesivo de la prisión preventiva”.
Por Daniela Tapia
Defensoría Regional Arica y Parinacota
El Tribunal Oral en lo Penal de Arica absolvió al ciudadano boliviano Juan Carlos Quispe acusado por el delito de maltrato de obra a Carabineros con resultado de muerte del sargento primero German Cid Conejeros (44) y del cabo primero Víctor Godoy Pinto (29), el 22 de enero de 2015-. En su fallo, estimó que la Fiscalía no pudo acreditar, tan sólo con su declaración auto inculpatoria, la participación de Quispe en los hechos por falta de pruebas contundentes.
“Como Defensoría Penal Pública estamos satisfechos porque la verdad de Juan Carlos fue acogida por el Tribunal, él estuvo más de dos años privado de libertad siendo inocente, y sin duda esto debería llevarnos como país a cuestionarnos el uso excesivo de la prisión preventiva”, señaló uno de los dos defensores a cargo de la causa, Sergio Zenteno.
Además agregó, "hoy ha sido un día importante para la defensa y para Juan Carlos, ya que se hizo justicia. Se pudo sentar la tesis de la defensa y la versión mi defendido simpre tuvo respecto de la acusación que se le hizo sobre el homicidio de los carabineros. Siempre dijo que era inocente. Creo que fuimos claros en demostrar que Juan Carlos no estuvo el día en que ocurrieron los hechos, sino que él estaba haciendo su servicio militar obligatorio en el regimiento Max Toledo en La Paz. Tuvimos pruebas concretas que acreditaron la versión de Juan Carlos, esto demuestra la sinceridad de un hombre que efectivamente vivió este 'vía crucis', este sufrimiento como nosotros hemos dicho y lo único que refleja es que está con la verdad por delante".
En fallo unánime del tribunal –integrado por los magistrados Gonzalo Brignardello Cruz (presidente), Carmen Macarena Calas Guerra (redactora) y Renée Portilla Maluenda– señaló “(…) como lo expresaron los peritos, no se encontró ADN del encartado en el sitio del suceso, sino de terceros no identificados; además, la posición de la vainilla de la munición que disparó Godoy Pinto no concuerda con la dinámica de los hechos a los que se refirió el encartado. Tampoco el armamento que dijo haber manipulado corresponde al utilizado el día de los hechos”, establece el veredicto.
El dictámen agrega: “Conforme a la prueba documental y pericial, el encartado el día 22 de enero de 2015 hacía su servicio militar en el regimiento de Max Toledo, en Bolivia explicación que desde un comienzo entregó Juan Carlos Quispe, quien exhibió su libreta de reclutamiento; teoría alternativa que la prueba de cargo no logró derrumbar. Todas estas circunstancias no lograron destruir la presunción de inocencia que asiste al acusado y que llevan a este tribunal a absolverlo”.
Absolución
El defensor público del extranjero, Sergio Zenteno explicó que las razones que llevaron a atender su tesis de la absolución, “fue que no se encontraran pruebas contundentes que vincularan a nuestro defendido con el sitio del suceso, donde ocurrieron las dos muertes de los carabineros”.
El abogado detalló que Quispe no tuvo participación en ese delito, “dado que cuando el 22 de enero de 2015 ocurren estos crímenes, él se encontraba haciendo su servicio militar para el Regimiento “Max Toledo” de La Paz. Es más, él había sido notificado para integrar una misión conjunta de erradicación de hoja de coca en el poblado de Caranavi (Yungas), dentro del plan contra el narcotráfico que lleva a cabo Bolivia y estaba haciendo su entrenamiento en ese momento. A estas tareas sólo fueron convocados los 10 mejores militares de cada destacamento”.
Otro hecho que pesó en la convicción del tribunal, fue que nunca se encontraron registros de ADN que vincularan a Quispe con los carabineros el día del baleo. Es más durante los peritajes policiales fueron hallados rastros biológicos de una persona aún no identificadas, tanto en una botella de agua al interior de la casa como en el porta esposas del Cabo Godoy.
Asimismo, la Defensoría indicó que pesó ante el tribunal que las dos declaraciones -donde en un principio Quispe se auto inculpó ante Carabineros-, no fueron contundentes ya que presentaban incoherencias en antecedentes como el tipo de arma utilizada, su calibre y el sitio donde él aseguró haber hecho los disparos.
En este punto, el organismo indicó que el boliviano fue detenido sólo 11 meses después de la muerte de los policías, específicamente el 9 de diciembre de ese año. Su entrega fue en medio de una detención, que efectuaron comuneros bolivianos en el poblado de Visviri, al oír la confesión de Quispe cuando intentaban quemarlo; amarrado y vendado en plena plaza pública de Charaña.
Allí, ante la amenaza de ser quemado vivo por un supuesto robo, el sujeto asumió que fue el autor del doble homicidio, lo que evitó su linchamiento y significó su entrega a Carabineros de la Tenencia de Visviri.
TRABAJO INTERCULTURAL
En tanto, el trabajo multidisciplinario de la Defensoría Aymara e indígena que prestó apoyo colectivo en materia intercultural señaló que, “este resultado es fruto de un trabajo de dos años de esfuerzo sistemático y colectivo del equipo de la Defensoría Indígena y de la Defensoría Regional. Si bien existieron dificultades e imponderables, destaca el compromiso y profesionalismo del equipo, que más allá de las diferencias, es capaz de levantarse y posicionar la narrativa del imputado, los Derechos Indígenas en comunidades indígenas, el trato digno y el derecho defensa de calidad a toda persona acusada por un delito”, destacó la facilitadora intercultural de la Defensoría Penal Pública, Inés Flores.
OTROS DELITOS
Pese a ello, el extranjero seguirá en prisión preventiva, a la espera de la lectura de sentencia, debido que sí se acreditó su participación en dos robos en lugar habitado perpetrados meses posteriores a su salida del regimiento militar, los cuales siempre fueron reconocidos por Quispe pero que no guardan relación con el homicidio.
Rodrigo Torres, el defensor público que lo representa por la acusación de los robos, aclaró que Quispe se presenta con la verdad y no miente, y que hay circunstancias que van a aminorar su responsabilidad en estos ilícitos, específicamente con su irreprochable conducta anterior y que colaboró en el esclarecimiento de los hechos, principalmente con su declaración ante el tribunal. "Tal como niega el homicidio de los carabineros, también desde un principio reconoce cuál ha sido su conducta, su actuar, su arrepentimiento y su deuda con la comunidad sobre los ilícitos de robo, pero no del homicidio, él dice; A estos caseríos entré y me arrepiento de eso, pero yo no maté a carabineros".
El abogado explicó que la defensa intentó separar los dos hechos, para no contaminar al tribunal y que no se generara una convicción de que 'no cometió esto, pero algo hizo': "Pero no se nos permitió, en definitiva, que sea una mirada independiente de los robos con el homicidio, de juzgar por lo que verdaderamente se hizo", señaló.
En tanto, a partir de la pena sustitutiva a la privativa de libertad el defensor explicó que la pena que arriesga Juan Carlos, es distinta, ya que puede llegar a ser cumplida en libertad en Chile y puede ser la libertad vigilada. Ambos hechos se registraron en estancias cercanas al poblado de Visviri, en octubre y diciembre de ese mismo año, posterior al crimen de los dos uniformados. La sentencia para ambos delitos será dada a conocer el próximo 13 de mayo.
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