Sala de Prensa

13/05/2019

Video lo demostró durante juicio en el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago

Tribunal absolvió a tres imputados por robo con intimidación que nunca existió

Previamente, la defensora pública Milencka Altamirano logró con las imágenes revocar la prisión preventiva que afectó a los jóvenes, quienes estuvieron 2 meses privados de libertad.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

El Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió a tres jóvenes, uno de ellos menor de edad, por el delito de robo con intimidación supuestamente cometido en un minimarket de Las Condes. El desenlace respondió a un abrupto giro que tuvo la causa, luego de que quedara al descubierto que la denuncia era falsa, pero con la lamentable consecuencia de que los imputados permanecieron dos meses privados de libertad.

El 9 de septiembre de 2018 tres jóvenes ingresaron a un minimarket en Las Condes y, tras salir y tomar un microbús, al bajar del transporte colectivo fueron detenidos por personal de seguridad ciudadana de la comuna. Habían sido seguidos después de que la cajera del local -de iniciales C.A.I.- denunciara que había sido asaltada por un trío de jóvenes que la amenazaron con un cuchillo cocinero para robar chocolates, dulces y galletas del local.

PRUEBA ESENCIAL
Desde el principio los imputados José Salinas (30), Elías Salinas (24) y J.P. (16) dijeron que si bien habían ingresado al local comercial, jamás asaltaron a la cajera. Esta teoría alternativa de los hechos fue representada por la defensa en la audiencia de control de detención y formalización, fundada en que el arma cortante contenida en la denuncia no les fue encontrada. Sin embargo, el Cuarto Tribunal de Garantía de Santiago acogió la solicitud de la Fiscalía y dejó a los dos adultos en prisión preventiva y al menor en internación provisoria en un recinto del Sename.

La defensa de los dos adultos fue derivada a la defensora penal pública Milencka Altamirano, quien tras entrevistarlos en la cárcel Santiago I y constatar las inconsistencias de la imputación, solicitó al fiscal Ezio Braghetto que obtuviera y le entregara el video de seguridad del interior del local comercial, ya que en la audiencia de formalización sólo tuvo disponible las imágenes del exterior de la tienda. La defensa planteó la solicitud con carácter de urgente, ya que esos registros se reciclan y son borrados después de un incierto número de días.

Sin embargo, a pesar de los requerimientos de la defensa, pasaron días y semanas, y la Fiscalía no tenía el video disponible. Por esta razón, el 10 de octubre la defensora Altamirano representó la situación al Cuarto Tribunal de Garantía y la jueza Daniela Guerrero acogió la solicitud, ordenando al Ministerio Público que en un plazo de tres días tuviera disponibles las imágenes requeridas por la defensa.

PRISIÓN PREVENTIVA
También a solicitud de la defensa pública, el tribunal fijó audiencia de revisión de prisión preventiva para el 16 de mayo. Sin embargo, a pesar de que el plazo ya estaba vencido, para esa fecha aún no se tenía noticia del video, de modo que los imputados siguieron privados de libertad.

Tras una nueva solicitud de la defensa, el 25 de octubre se realizó una audiencia de cautela de garantías, debido a la demora en la entrega de esa prueba esencial, lo que vulneraba una resolución anterior del tribunal.

El fiscal Braghetto explicó si bien había solicitado el video a la 17ª  Comisaría de Carabineros de Las Condes el 1° y el 17 de octubre, aún no recibía las imágenes. Por esta razón, la magistrada María Carolina Herrera dictó una resolución en que ordenódirectamente a la policía uniformada que en 48 horas entregara el video incautado.

Paralelamente, el 26 de octubre el defensor penal juvenil Cristián Calvo logró que se revocara la internación provisoria del menor J.P. ,después de 47 días privado de libertad. Finalmente, el 30 de octubre, cerca de un mes y medio después de la primera solicitud, la Fiscalía entregó el video a la defensa de los dos adultos.

“El video mostraba claramente que uno de los imputados sólo conversó unos segundos con la cajera y que jamás la amenazó con un cuchillo. Se acreditó que el testimonio de la supuesta víctima era falso, lo cual cambió todo, ya que esa fue la prueba que tenía la Fiscalía para su imputación y para que el tribunal los dejara en prisión preventiva”, explicó la defensora pública.

Milencka Altamirano solicitó de inmediato una audiencia de revisión de medida cautelar, la que se realizó el 7 de noviembre. Tras ver el video, la jueza Andrea Osorio expresó que no se estaba en presencia de un robo con intimidación, por lo que decretó la inmediata revocación de la prisión preventiva.

A pesar de lo categórica de la prueba audiovisual, la Fiscalía apeló verbalmente, por lo que lo imputados debieron permanecer privados de libertad dos días más, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago revisó la decisión y confirmó la resolución de dejar libres a José Salinas y Elías Salinas después de dos meses tras las rejas.

JUICIO ORAL
Pese al giro que tuvo la causa, el fiscal nuevo fiscal de la causa Claudio Gutiérrezo insistió en llegar a juicio. Ante la solidez de la prueba de la defensa, Milencka Altamirano no aceptó ninguna negociación con la Fiscalía que significara aceptar responsabilidad.

El juicio se realizó finalmente en el Tercer Tribunal Oral y a él no llegó la víctima y principal testigo de la Fiscalía. Con esto, el caso del persecutor se desmoronó y el tribunal -integrado por los magistrados Patricia Godoy (presidenta), Claudia Santos (redactora) y Mariela Jorquera- dictó sentencia absolutoria por unanimidad. La Fiscalía no recurrió de nulidad.

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