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07/06/2019
La actividad fue organizada con el Seremi de Justicia y Derechos Humanos y la oficina municipal de protección de derechos
Defensor Regional de Los Ríos difundió derechos en Liceo Politécnico Pesquero de Mehuín
Luis Soto describió las principales características de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) ante la comunidad escolar.
Por Malú Rodríguez Sepúlveda
Periodista Defensoría Regional de Los Ríos.
Aspectos generales de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) dio a conocer el Defensor Regional de Los Ríos, Luis Soto, a la comunidad escolar del Liceo Politécnico Pesquero de Mehuín.
El directivo explicó que el derecho a defensa es una garantía constitucional y que esta normativa especial entró en vigencia en 2007 e implicó que desde ese momento los jóvenes de entre 14 y 17 año comenzaron a contar con derechos y obligaciones penales que hasta esa fecha no tenían, así como un nuevo sistema de sanciones, acorde a una justicia especializada.
Entre las principales características de la justicia juvenil, Soto mencionó que esta ley se inspira en el interés superior de niños y adolescentes, que sustentan los convenios internacionales que ha suscrito Chile y cuyo propósito no es punitivo, sino de resocialización como prioridad para los jóvenes que eventualmente ha infringido la ley.
El abogado describió también el concepto de flagrancia en la comisión de un delito, las medidas cautelares durante el proceso de investigación, las posibilidades de sanciones privativas o no privativas de libertad, los eventuales quebrantamientos de sanciones y los derechos de los adolescentes imputados cuando son detenidos por la policía antes de una audiencia de control de detención.
En igual sentido, aclaró que el control preventivo de identidad no puede aplicarse a los adolescentes, sino solo a mayores de 18 años. Agregó que ante la duda sobre la edad de una persona, la policía debería abstenerse de realizar el control.
RÉGIMEN CERRADO
Respecto de las sanciones, Luis Soto comentó que la sanción más grave es el cumplimiento de un período en régimen cerrado, que en los adolescentes, para delitos muy graves, corresponde a diez años de privación de libertad.
"Luego sigue el régimen semi cerrado, pero al no contar con este dispositivo en nuestra región, necesariamente un joven deba cumplir la sanción en Puerto Montt, con implicancias de desarraigo y complicaciones que aumentan las posibilidades de un quebrantamiento de sanción y con ello se arriesga el encierro total”, aseguró el Defensor Regional, quien advirtió que distintos estudios señalan que una persona adolescente que estuvo en internación provisoria tendría un 60 por ciento más de posibilidades de verse involucrada en un hecho penal en los próximos tres años.
Junto con recalcar que a pesar de las percepciones las cifras de delincuencia juvenil han bajado significativamente en los últimos años, Luis Soto enfatizó que nunca la cárcel es la mejor respuesta, pero que en los jóvenes el impacto negativo es aún peor.
“Por eso nos parece que las sanciones de reparación de daño causado y servicios comunitarios son las más adecuadas para trabajar la responsabilización y la retribución a la sociedad. Esto, porque además las sanciones no buscan humillar, sino reparar y responsabilizarse”, aclaró.
En la actividad, coordinada por la Seremi de Justicia y Derechos Humanos de Los Ríos y la Oficina de Protección de Derechos de Sename en ese municipio, participó también el alcalde de San José de la Mariquina, Rolando Mitre.
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