Sala de Prensa

17/06/2014

Opinión

Un “arma peligrosa”

Columna del defensor local jefe de Punta Arenas, Ramón Bórquez Díaz, publicada en el diario El Pingüino

Defensor Ramón Bórquez Díaz

Defensor Ramón Bórquez Díaz

Diario El Pingüino de Punta Arenas

La prensa local informó hace unos días que la tarde del viernes 6 de junio, dos jóvenes “asaltaron” un almacén de la población Cumbres Patagónicas, que el dueño del local los repelió a balazos, resultando uno de ellos herido, y que luego de ser detenidos y pasados al tribunal de garantía, quedaron en libertad. Se informó también que la opinión pública a través de las redes sociales se manifestó indignada porque los detenidos no quedaron presos, sino sólo con arresto nocturno en sus domicilios. (“¡Qué vergüenza!”, “¡Qué desgracia!”; “¡Esa es la justicia que tenemos!”, se leía en los distintos post citados en un diario local).

En una sociedad democrática como la nuestra, la labor relacionada con la administración de la justicia penal está confiada a órganos especializados, que tienen un rol definido, y que debe ejercerse siempre con el respeto de los derechos humanos, dentro de un debido proceso legal. Los fiscales tienen la obligación de dirigir la investigación para la comprobación de los delitos y la determinación de los responsables, aunque en esta labor deben regirse por el principio de objetividad; y, asimismo, tienen también la misión de atender y dar protección a las victimas; los jueces, la obligación inexcusable de resolver, con imparcialidad, las peticiones que hagan los intervinientes, desde aquellas que se refieran a imponer medidas cautelares,  como un arraigo o una prisión preventiva, hasta decidir, luego de realizado un juicio oral y público, la condena o absolución de un acusado; finalmente los defensores, tienen la obligación de representar ante los tribunales, asesorar y defender a las personas a quienes se les atribuye la comisión de un delito, considerando que estas están amparadas por la presunción de inocencia.

Esta distribución de funciones persigue fundamentalmente reducir al máximo el “error judicial”, porque cuando el Estado (sus agentes) se equivoca, e impone penas a quienes no les correspondía, las consecuencias son tanto o más graves que el delito. El “Proyecto Inocente” que desde hace un año lleva adelante en nuestro país la Defensoría Penal Pública, busca identificar y visibilizar los casos de personas que, por una denuncia falsa, una identificación errónea, o por algún otro actuar equivocado, fueron llevadas a prisión preventiva, en algunos casos por más de un año, no obstante que después se comprobó que eran inocentes.

En el caso comentado, la justicia no puede “pegar primero, para preguntar después”; en otras palabras, la justicia “no se puede improvisar”, por eso es que cada asunto que llega a los tribunales penales debe ser analizado con prudencia y respeto por los principios de un Estado social y democrático de Derecho, entre ellos, la presunción de inocencia, el principio de proporcionalidad, la noción de que la prisión preventiva es la herramienta de “ultima ratio” (el último recurso) que el Estado puede imponer durante la etapa de investigación de un delito.

La prisión preventiva es un “arma peligrosa” que el Estado debe saber ponderar en qué casos aplicar. No hay que olvidar que imponer una prisión preventiva significa afectar la libertad de una persona respecto de quien existe sólo una investigación en curso, esto es, aún no sabemos con certeza si esa persona es responsable penalmente y si merece ser objeto de una pena; por eso es que la ley y los tratados internacionales de derechos humanos, declaran que “toda persona investigada por un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia”.

No cabe duda, entonces, que la prisión preventiva es un “arma peligrosa”, pues toda privación de la libertad provoca la condición de mayor vulnerabilidad en la que puede estar una persona frente al Estado. En tal condición han sucedido eventos lamentables, el último de ellos, según la información de la prensa local, el día martes 10 de junio, una persona “detenida” en la comisaría al parecer por un hecho que no era delito (estado de ebriedad en la vía pública), se ahorcó al interior de la celda y debió ser hospitalizada de gravedad.

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