Sala de Prensa

22/07/2014

Columna de opinión:

Cuasidelitos

El Defensor Regional del Maule, José Luis Craig, publicó este artículo el martes 22 de julio en el diario El Centro de Talca.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

Por José Luis Craig Meneses,
Defensor Regional de Maule.

Muchas veces me han preguntado si los cuasidelitos son delitos que no llegaron a consumarse, es decir que casi fueron delitos pero no alcanzaron a serlo. Más allá de lo jocoso que esta pregunta parezca para quien entiende de leyes, en el fondo los cuasidelitos no dejan de tener un cierto aire indescifrable para la “gente de a pie”, como dicen algunos, o para los que poco saben de derecho, decimos nosotros.

Pero no sólo para ellos a veces es un tema desconocido, y esto lo afirmo por las reacciones destempladas de mucha gente que comenta las noticias jurídicas asociadas con este tipo de hechos en las redes sociales o en los noticiarios de radio o televisión e, incluso, en los periódicos.

En palabras simples, un cuasidelito es un acto que, de mediar dolo, sería un delito más grave, pero como sólo se comete con culpa, negligencia o falta de cuidado, es tratado en forma más benigna por el derecho penal, esto es con una sanción más baja, dado que no hay intención de causar un mal en quien lo comete.

En palabras más simples aún, son accidentes que producen a veces resultados lamentables, como por ejemplo la caída de un edificio con mala construcción, la caída de un puente por la misma razón, un incendio que tal vez pudo ser evitado, un naufragio y un larguísimo etcétera. Pero la más clásica y frecuente causa de un cuasidelito es un accidente de tránsito.

Accidentes de tránsito, lamentablemente, hay muchos, sean choques, volcamientos o atropellos. El lugar común en estos es la falta de cuidado al manejar o conducir un vehículo a tracción humana, animal o mecánica. Estos no pasan de ser un mal recuerdo cuando no hay lesionados que lamentar. No ocurre lo mismo, en cambio, cuando hay heridos y menos cuando hay muertes producto de ellos.

Tampoco el derecho penal se hace el desentendido cuando algo así sucede. Precisamente los cuasidelitos existen para sancionar a las personas que por accidente, es decir, NO a propósito, producen lesiones o muertes de personas. Y esto último debe ser advertido por el lector. De no ser así, es decir, de no contemplar nuestro Código Penal la posibilidad de sancionar los cuasidelitos en que se producen lesiones o muerte de personas, éstos serían impunes.

Así de simple, ya que el derecho penal se creó para sancionar conductas dolosas, es decir conductas que a propósito afectan bienes jurídicos de relevancia para la sociedad, no para impedir los accidentes.

Ahora bien, por un tema de proporcionalidad, el legislador chileno, así como todo el resto del mundo civilizado, ha analizado cómo sancionar estos hechos culposos y obviamente tomó la decisión correcta. Esto es sancionarlos con menos rigor que si la lesión o la muerte se produjeron adrede. 

Así, la pena para esta clase de infracciones es más ligera o benigna. Por ejemplo, si el homicidio se sanciona con una pena que en su piso mínimo es de 5 años y un día de cárcel, si se produce un cuasidelito de homicidio la pena parte en los 61 días y llega a los 3 años de privación de libertad.

Y lo anterior es lógico, ya que si bien el resultado es el mismo -un fallecido-, en el primer caso deliberadamente una persona le quita la vida a otra y, en el segundo, un conductor por accidente, negligencia, descuido, culpa o como quiera llamársele, produjo una colisión o un atropello que dejó como consecuencia un muerto.

Como podrá fácilmente advertirse, las situaciones y motivaciones del sujeto activo no son las mismas, y por ello el derecho no las trata como lo mismo, amenazando a quien las comete o provoca con males, penas o castigos distintos.

Lo anterior es legal, tiene lógica y me atrevería a decir que además es justo. Por ello, las reacciones destempladas ante fallos de los jueces son las injustas. Tales críticas socavan ilegítimamente y sin base todo el sistema procesal penal de nuestro país, sin merecerlo.

  • subir
  • imprimir
  • volver