Sala de Prensa

19/06/2020

Fue entrevistada en radioemisora local

Defensora pública de Puerto Cisnes explicó derechos y garantías de las personas

La situación que enfrentan vecinos de la comuna motivó un diálogo radial en que Oriana Macías profundizó respecto de los derechos esenciales de las personas en materia penal.

Por Valeska Olavarría G.,
periodista Defensoría Regional de Aysén.

A propósito de una investigación desformalizada que sigue el Ministerio Público por el corte del camino de acceso a la localidad de Puerto Cisnes, realizado semanas atrás por vecinos de la comuna preocupados por evitar la expansión del Covid-19, la defensora penal pública de Puerto Cisnes, Oriana Macías Correa, explicó los derechos y garantías que asisten a todas las personas y que las protegen ante eventuales imputaciones de faltas, delitos o crímenes.

Durante el programa “Palabra de Radio”, de radio "Genial FM", la abogada se refirió a la situación que podrían enfrentar los vecinos que han sido llamados a declarar en el marco de esta investigación, el apoyo que les ha brindado la Defensoría Penal Pública y cuáles son los derechos y garantías que asisten a las personas en el sistema penal, tanto en etapas tempranas de la investigación como durante todo el proceso.

En el caso de los vecinos de Puerto Cisnes, éstos manifestaron públicamente su preocupación porque estaban siendo citados a declarar ante Carabineros, pero no tenían información oficial de qué se investigaba y en qué calidad debían concurrir a prestar declaración.

FACULTADES DE LA FISCALÍA
La defensora pública explicó que la Fiscalía tiene la facultad de investigar hechos que pudieran ser constitutivos de delito, para lo cual puede instruir a las policías a investigar, en una etapa desformalizada y a través de diversas diligencias, entre ellas tomarle declaración a personas que pudieran estar relacionadas con el hecho investigado o pudieran entregar información al respecto.

“Lo más importante es que las personas imputadas no deben prestar declaración si no saben el contenido de la investigación y si no ha sido asesoradas por su abogado defensor. En ese sentido, los citados a toma de declaración deben hacer uso de su derecho a guardar silencio. No se trata de obstaculizar una investigación, sino de que las personas hagan uso del derecho que les asiste si no han tenido contacto con su abogado defensor y no saben del contenido de la investigación”, destacó Macías.

Según explicó, los testigos citados a declarar por el Ministerio Público están obligados a comparecer y a prestar declaración, salvo excepciones legales. En cambio, los imputados están obligados a comparecer ante el Ministerio Público, pero no están obligados a prestar declaración, por lo que están en todo su derecho de guardar silencio de conformidad a la ley.

Agregó que los testigos se pueden abstener de declarar por motivos personales -es decir por ser familiares del imputado- y también por razones de secreto. Este es el caso de los profesionales médicos, el abogado, el confesor y otros que deban guardar secreto. Lo que la defensa pública sugiere en estos casos es que, si una persona es citada a declarar y tiene dudas, primero se contacte con un defensor público para asesorarse.

“La Defensoría Penal Pública cuenta con defensores y defensoras a lo largo de todo el país, y en esta región tenemos presencia en las ciudades cabeceras de provincia, extendiendo nuestros servicios a todas las comunas”, explicó Macías.

DERECHOS EN INVESTIGACIÓN FORMALIZADA
La defensora pública aclaró que la etapa de investigación formalizada comienza en el momento en que, en una audiencia pública y frente a un juez de garantía, el Ministerio Público comunica a una o más personas -que deberán estar acompañadas de su abogado defensor- que se sigue una investigación penal en su contra por un hecho determinado, ocurrido en un momento y lugar específico.

A partir de ese hito las personas, ahora imputadas, podrán seguir siendo requeridas para prestar declaración, pero en este punto ya tendrán claridad absoluta de qué se investiga y qué se les imputa. En este momento tampoco hay obligación de declarar.

“Lo que corresponde hacer es que el defensor o defensora hable con su representado y juntos analicen la conveniencia de hacerlo. Sin embargo, la decisión final la toma siempre el usuario”, señaló la defensora.

Cabe señalar que los adultos pueden declarar ante las policías y/o fiscales sin que sea obligatorio que un defensor esté junto a ellos, pero en el caso de los adolescentes de más de 14 y menos de 18 años la presencia del defensor es imperativa.

DERECHOS Y GARANTÍAS
“Sabemos que el sistema penal es complejo de comprender, pero hay derechos y garantía s básicas que todas las personas -sin importar su edad, género o nacionalidad- deben conocer”, dijo Oriana Macías. Tales derechos son los siguientes:

-Toda persona tiene derecho a tener un abogado que lo defienda. Para ello, un defensor o defensora penal pública siempre estará dispuesto a representarla.

-Toda persona tiene derecho a guardar silencio. Es decir, tiene derecho a no declarar. Además, debe ser tratada como inocente hasta que una sentencia de un tribunal de la república diga lo contrario.

-Toda persona tiene derecho a saber por qué fue detenida, informar a un familiar sobre su detención y, en un plazo máximo de 24 horas, a ser puesta a disposición de un juez penal.

-Toda persona tiene el derecho a recibir un trato digno en todo momento.

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