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30/10/2020

La abogada Marcela Tapia destacó que urge una Ley de ejecución penitenciaria y tribunales especializados en ejecución de penas

Defensora penitenciaria de Los Ríos: “Si el Estado quiere tomarse en serio la delincuencia, debe invertir en reinserción y revisar los programas”

La defensora pública conversó este miércoles con el periodista Antonio Martel sobre el rol de esta defensa especializada, pandemia y cárcel, libertad condicional, derechos políticos de personas presas en el contexto constituyente y lo que falta en el país en el ámbito penitenciario.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

La defensora penitenciaria de Los Ríos, Marcela Tapia, conversó este miércoles en radio "UACH" con Antonio Martel, contexto en que explicó el rol de esta defensa especializada y revisó temas como pandemia y cárcel, libertad condicional, derechos políticos de personas privadas de libertad y las principales urgencias del país en el ámbito penitenciario.

La abogada explicó que la defensa penitenciaria representa a personas adultas, condenadas bajo la reforma procesal penal y que se encuentren recluidas en algún establecimiento penal administrado por Gendarmería de Chile.

“Somos un equipo interdisciplinario, conformado además por una trabajadora social y una asistente administrativa, y resolvemos los requerimientos de más de mil presos de la región, desde lo jurídico a lo administrativo. Vulneraciones de derechos, traslados, unificaciones de penas, procedimientos disciplinarios y colaborar en todo lo necesario para que se incorporen en procesos de reinserción social y puedan optar a beneficios intrapenitenciarios de manera progresiva”, señaló.

APOYO POSTPENITENCIARIO
Respecto del cuestionamiento ciudadano a la libertad condicional, la defensora pública aclaró que este derecho no es un modo de extinguir la pena, porque ésta se cumple  de otra manera y sólo se obtiene luego de una serie de requisitos legales, como  un importante período de cumplimiento de privación de libertad, buena conducta sostenida en el tiempo y un informe psicosocial que señala los factores de riesgo y los factores protectores en cuanto a una potencial reincidencia y que elabora un equipo técnico profesional de Gendarmería.

Consultada sobre la relación entre este derecho y la reincidencia delictiva, Tapia comentó que diversos estudios dan cuenta de que el porcentaje de reincidencia es considerablemente mayor en personas que cumplen la totalidad de la pena privadas de libertad y no pasan por procesos de reinserción social, en comparación con quienes sí lo hacen y culminan su cumplimiento con el beneficio de libertad condicional.

“Esa reincidencia as notoriamente inferior. No supera el 20 por ciento, mientras que las personas que cumplen su pena a cabalidad en la cárcel reinciden sobre el 65 por ciento”, indicó.

Según la abogada, la clave es un apoyo post penitenciaria efectivo, para que la persona se reintegre adecuadamente en su medio social, laboral y familiar. “De nada sirve entregar este beneficio si el Estado no provee esa ayuda para retomar estas redes o adquirirlas”, enfatizó.

También explicó que el Decreto Ley N° 321, que regula la libertad condicional, fue objeto de modificaciones y recién en septiembre pasado se publicó  el reglamento que establece esta ayuda postpenitenciaria para las personas en libertad condicionales, las que estarán sujetas a un profesional delegado, que monitoreará todo el cumplimiento de pena en libertad, a partir de un plan de intervención individual de continuidad en su  proceso de reinserción social.

“Esto, para lograr una efectiva reincorporación y evitar la reincidencia. Terminada la pena, el Estado y la sociedad deben ofrecer oportunidades para que esa persona no retome el camino delictivo, sino la posibilidad de contribuir en sociedad”, indicó.

CÁRCELES Y PANDEMIA
Resopecto de la gestión de defensa pública durante la pandemia, la defensora penitenciaria dio cuenta de lo gravitante que fue esta labor para neutralizar un foco y la expansión de contagios en la cárcel de Valdivia, contexto en que destacó la acción judicial de cautela de garantías que se interpuso ante el Tribunal de Garantía de Valdivia en abril pasado, para lograr que se adoptaran todas las medidas sanitarias y que, en lo sucesivo, Gendarmería se abstuviera de trasladar entre unidades penales de regiones a personas condenadas sin examen previo de Covid-19.

“Gracias a esta acción y a lo resuelto por el tribunal, se pudo frenar el traslado desde otras regiones y desde Santiago. Hoy  la situación está controlada y cualquier riesgo es monitoreado por la autoridad penitenciaria. Gendarmería, además, ha estado muy preocupada y ha flexibilizado medidas que han permitido bajar la ansiedad de internas e internos ante la suspensión de visitas de sus familiares, al permitirles comunicarse con ellos por celulares. Ese factor emocional también es muy importante”, añadió.

DERECHOS POLÍTICOS NEGADOS
Sobre los derechos políticos de las personas presas y el plebiscito constitucional del pasado domingo, la defensora pública informó que no se dispusieron las medidas necesarias para que estas personas ejercieran su derecho a voto.

“Eso es una pena, porque personas que tienen legítimo derecho a votar y que no lo tienen suspendido, no pudieron ejercer este derecho por estar privadas de libertad. Esto abre un tema muy importante en el marco de la discusión constitucional”, destacó.

Marcela Tapia explicó que en Chile parte del castigo penal implica una exclusión de la comunidad política de la que se forma parte, lo que según la perspectiva de diversos estudios supone un problema para la democracia, pues no permite visualizar a las y los internos y sus demandas como parte de esta comunidad política.

“Es paradójico, porque en teoría de derechos fundamentales los primeros derechos reconocidos positivamente son los civiles y políticos. Autores sostienen que al despojar a las personas presas de su ciudadanía, la Constitución hace inviable la construcción de un derecho penal de la ciudadanía, y la alternativa que queda es un derecho penal del enemigo”, planteó.

LO QUE FALTA
Consultada respecto de una reflexión final sobre lo que se esperaría en el actual contexto constituyente, la defensora penitenciaria opinó que sin duda el país debe contar con una ley de ejecución penitenciaria y con tribunales especializados en ejecución de penas. 

“No puede ser  que solo tengamos un reglamento, figura que tiene una jerarquía menor a la de una ley. Además, necesitamos tribunales  especializados que controlen y ejerzan una tutela judicial efectiva respecto de las y los privados de libertad”, indicó.

Esto, porque todo lo que ocurre en un penal sucede en un espacio cerrado, "donde no entran los ojos de la ciudadanía,  salvo ciertas personas, por lo que ciertamente son lugares propicios para que ocurran vulneraciones de todo tipo -desde tratos degradantes hasta tortura-, por lo que las autoridades deben estar conscientes de ello”.

Finalmente, Marcela Tapia apuntó a la necesidad de aumentar los recursos para brindar condiciones carcelarias mínimas en términos de habilitabilidad,  salud, educación y trabajo.

“Si el Estado quiere tomarse en serio la disminución de la delincuencia, debe invertir en reinserción y revisar los programas de reinserción que se están impartiendo en términos de calidad, impacto, idoneidad de quienes los imparten y cómo se desarrollan. No tenemos estudios sobre eso. La cárcel hay que abrirla a la ciudadanía,  en el sentido que debe saber lo que pasa adentro y la única forma es tomando seriamente su situación , sus derechos y la reinserción social”, concluyó.

Para revisar la entrevista completa siga el siguiente link:

https://www.facebook.com/radiouachvaldivia/videos/398532681552362

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