Sala de Prensa

03/11/2020

Organizado con la Universidad La Repùblica, con énfasis en el artículo 318 del Còdigo Penal

Jefe de estudios de O’Higgins participó en seminario sobre “Sistema penal en pandemia”

El encuentro se organizó a propósito del aniversario número 32 de esa casa de estudios superiores y convocó a toda la comunidad educativa de la región.

Por Andrea Contreras Márquez,
Defensoría Regional de O'Higgins.

Más de 7 mil detenidos por delitos contra la salud pública se han registrado en la región de O’Higgins, situación que tendrá una importante incidencia en el trabajo de los tribunales de garantía y orales de la región, lo mismo que para la Fiscalía y la Defensoría Penal Pública. Por ello, la Universidad La República y la Defensoría Regional organizaron un seminario que convocó a representantes de las distintas esferas que se verán involucradas en este tema.

Por la Defensoría de O’Higgins fue el jefe de la Unidad de Estudios, Mario Quezada, quien se refirió en particular al artículo 318 del Código Penal, que sanciona a quien “pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio”.

Quezada explicó que, a juicio de la defensa pública, el solo hecho de detectar a una persona circulando por la calle no da cabida al delito, salvo que el sujeto sepa y esté consciente de estar contagiado por Covid-19. Según Quezada,
 existe una gran discusión sobre este tema a nivel académico, ámbito en que también se considera que el solo hecho de desplazarse sin autorización no implica delito.

OPINIÓN DISTINTA
Una opinión distinta presentó el fiscal Pablo Alonso, quien señaló que para el Ministerio Público todo aquel que no respete la prohibición de circulación está cometiendo la falta, independiente del motivo o de si tiene contagio o no. Esta tesis la sostiene sobre la base de determinar que la circulación por la vía pública en medio de restricciones sanitarias y sin permiso o salvoconducto representa un peligro abstracto que debe ser sancionado.

Héctor Benavides, magistrado del Tribunal de Garantía de Rengo, dijo sentirse más cercano a la postura de la Defensoría, por cuanto hay que analizar caso a caso, dado que habría que penar a aquellas conductas dolosas que se realizan deliberadamente para desobedecer la norma: fiestas, encuentros masivos, exponer a la comunidad a sabiendas de estar contagiado, etc.

No obstante, explicó que hay detenciones de personas en situación de calle, de trabajadores que se desplazaban hacia su trabajo, de ancianos que iban de compras en su barrio y otra serie de casos en los que parece un exceso la aplicación de esta norma.

La actividad finalizó con un resumen realizado por un abogado y académico de la casa de estudios, quien dio paso a las consultas de los estudiantes y agradeció la participación de los expositores.

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