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18/01/2021

En Valparaíso

Corte de Apelaciones confirma sobreseimiento definitivo en caso de supuesta infracción al artículo 318 del Código Penal

En el fallo se resolvió que la conducta del representado no cumple con los estándares mínimos de idoneidad para poner en riesgo la salud pública.

 

Por Sandra Reyes L, Defensoría Regional Valparaíso 

 

En un caso de supuesta infracción al artículo 318 del Código Penal, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones confirmó la resolución que decretó el sobreseimiento definitivo que obtuvo el defensor Pablo Jaque en el juzgado de Garantía de Valparaíso y que fue apelada por el Ministerio Público.

Según los hechos del requerimiento, el representado transitó en la vía pública sin contar con permiso, pese a que era obligación para los habitantes permanecer en los domicilios, poniendo en peligro la salud pública.

 

SIN RIESGO

La magistrada sostuvo "que en ese sentido, ni los hechos del requerimiento ni los antecedentes en que se fundan dan cuenta que el imputado haya estado en condiciones de poner en riesgo esta salud pública, toda vez que no hay ningún antecedente que dé cuenta que el imputado estaba positivo al COVID- 19 o de que se encontraba obligado a permanecer en su domicilio por haber tenido algún contacto estrecho o de que su cédula de identidad estuviera bloqueada por alguna razón, en relación al peligro de contagiar el Covid-19.

Agrega que “la conducta del imputado no cumple los estándares mínimos de idoneidad para poner en riesgo el bien jurídico protegido por la norma del artículo 318 del Código Penal, cual es la salud pública, y por ello entiende que el hecho imputado no es constitutivo del delito del artículo 318 del Código Penal y conforme al artículo 250, letra a) del mismo cuerpo legal, se decreta el sobreseimiento definitivo de la causa".

¿QUÉ HACER?

Por su parte, el Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, invitó a la comunidad a informarse en la página web de la Defensoría Penal Pública. “Aquí encontrará información útil sobre infracciones a medidas sanitarias, derechos y procedimientos contemplados por la ley”.

Agregó que “también podrá revisar información sobre qué hacer en caso de ser notificado de una condena a multa por haber cometido el delito de infracción a las medidas sanitarias, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 318 del Código Penal y otros relacionados”.

Más información en: http://www.dpp.cl/eventos/detalle/medidas-sanitarias

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