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10/05/2021

El recurso fue interpuesto por la defensa pública

Presentan amparo en favor de diez jóvenes sin intervención socioeducativa en la sección juvenil del Centro Penitenciario de Valparaíso

En la acción se revela que “la situación actual no asegura la seguridad personal de los jóvenes, ya que la falta de rutina y actividad es fuente de conflictos internos y problemas de convivencia”.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso. 

La abogada Catherine Ríos, de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Valparaíso, interpuso un recurso de amparo en favor de diez jóvenes que cumplen condena en la sección juvenil del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Valparaíso.

Así lo informó el Defensor Regional, Claudio Pérez García, quien explicó que “hemos advertido de manera oportuna y reiterada que Gendarmería no está realizando ninguna acción en la sección juvenil para dar cumplimiento a los planes de intervención individual de los jóvenes, que son parte integrante de la sanción aplicada por los tribunales”.

En la acción se plantea que “es responsabilidad de Gendarmería adoptar las medidas necesarias para asegurar que las personas sujetas a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente dispongan de las condiciones que le asegura la legislación nacional y las convenciones internacionales, a fin de dar cumplimiento a los fines preventivo especiales consagrados en el artículo 20 de la Ley 20.084, que dice que las sanciones y consecuencias que esta ley establece tienen por objeto hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social”.

SIN EQUIPO
Hasta diciembre de 2019, la sección juvenil contó con un equipo licitado integrado por un psicólogo, un psiquiatra, asistentes sociales, profesores y talleristas, quienes se encargaban de la intervención socioeducativa que ordena la ley.

En enero de 2020 Gendarmería se comprometió a contratar a cinco profesionales para desarrollar esta labor de intervención que exige la Ley N° 20.084, luego de que no se renovara la licitación que mantenía a 13 profesionales externos encargados de su ejecución.

Sin embargo, ello no se llevó a cabo, quedando sólo en el trabajo de intervención el jefe técnico de la época y un profesional de apoyo del equipo técnico psicosocial de la cárcel.

INCUMPLIMIENTO
De esta manera, Gendarmería está incumpliendo el mandato legal, pues en su artículo 44, la Ley N° 20.084 consagra las condiciones básicas de los centros de privación de libertad, en el entendido que la ejecución de las sanciones privativas de libertad estará dirigida a la reintegración del adolescente al medio libre.

“Deberán desarrollarse acciones tendientes al fortalecimiento del respeto por los derechos de las demás personas y al cumplimiento del proceso de educación formal y considerarse la participación en actividades socioeducativas, de formación y de desarrollo personal", señala la norma.

MEDIDAS SOLICITADAS
En el recurso de amparo se solicitó que Gendarmería adopte a la brevedad las medidas pertinentes para asegurar la intervención socio educativa, conforme al estándar exigido por la Ley N° 20.084.

Se pidió, además, que “se informe a la Corte las medidas adoptadas, indicando si se ha contratado o dispuesto la incorporación de personal socio educativo a la sección juvenil para realizar las labores que la ley encomienda a Gendarmería como encargado de ejecución de sanciones adolescentes”.

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