Sala de Prensa

21/07/2021

Por hechos ocurridos en Ancud

Tribunal Oral de Castro absolvió a acusado de dos delitos

Los jueces determinaron que la debilidad de la prueba presentada no desvirtuó la presunción de inocencia del imputado, de nacionalidad haitiana. La defensa pública denunció falta grave en declaración policial.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

El Tribunal Oral en lo Penal de Castro dictó este martes 20 veredicto absolutorio en favor de un ciudadano haitiano que había sido acusado de dos delitos: desacato y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).

Por unanimidad, los jueces llegaron a la conclusión de que la prueba testimonial y documental “no resultó ser suficiente para acreditar los presupuestos fácticos descritos en la acusación”, en razón de “las serias deficiencias y debilidades presentadas por los testigos policiales de cargo”, lo que impidió ratificar el relato de la víctima y “no permitió atribuir la autoría de las lesiones al acusado”.

Durante el desarrollo del juicio quedó al descubierto una situación que el defensor público a cargo, Filippo Corvalán, calificó como irregular, y que se produjo durante la declaración de uno de los carabineros que participó en el procedimiento, quien habría estado leyendo el parte policial mientras respondía las preguntas del tribunal.

“Este es un hecho prohibido, puesto que le ley prescribe que durante la audiencia los peritos y testigos deberán ser interrogados personalmente y su declaración personal no podrá ser sustituida por la lectura de los registros en que constaren anteriores declaraciones o de otros documentos que las contuvieren”, explicó.

FALTAS GRAVES
Según Corvalán, lo anterior denota, por una parte, "una falta grave de una agente del Estado en servicio, razón por la cual el tribunal oral determinó oficiar al superior jerárquico. Y, por otra, evidencia una falta de control, preparación y coordinación de la prueba que se presenta ante un tribunal de la república, en este caso, de parte de quien tiene la obligación de probar en juicio los hechos, atendido que en el proceso penal muchas veces está en juego la libertad de una persona”.

La audiencia de lectura de sentencia, en la que deberán comparecer todos los intervinientes, quedó fijada para este viernes 23 de julio.

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