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02/08/2021
Los magistrados señalaron que la prueba fue insuficiente para sostener la acusación fiscal
Corte de Valparaíso revirtió condena por abuso sexual: acusado estaba preso al ocurrir los supuestos hechos
El Tribunal Oral de Viña lo había condenado a cinco años y un día de presidio, a raíz de una denuncia según la cual cometió el delito en Villa Alemana, entre mediados de 2010 y fines de 2013. Sin embargo, la Corte acogió un recurso de nulidad interpuesto por la defensa pública.
Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso.
Por unanimidad, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de nulidad presentado por el defensor penal público de Villa Alemana, Jaime Vera, en contra de una sentencia previa del Tribunal Oral de Viña del Mar, que condenó a su representado por abuso sexual.
El abogado invocó causal de motivo absoluto de nulidad por contrariar los principios de la lógica e infringir el deber de fundamentación. Al respecto, el Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, explicó que “la sentencia se basó en la prueba rendida por el ente persecutor, principalmente en la declaración de la denunciante, quien buscaba obtener una ganancia secundaria, ya que en la época que indica como inicio de los supuestos abusos, nuestro representado estaba privado de libertad”.
PRUEBA RENDIDA INSUFICIENTE
En su considerando quinto, la sentencia acogió las formulaciones de la defensa pública y señaló que “en definitiva, los jueces acreditaron el hecho punible y fundamentaron su decisión de condena con las declaraciones de la víctima en esta causa, y de los testigos individualizados precedentemente, esto es, su madre, psicólogos y perito, quienes tomaron conocimiento de lo ocurrido por los dichos de la misma víctima, por lo que la prueba rendida no resulta suficiente para sustentar la acusación fiscal".
Agrega que, "si bien, los testigos refieren haber tomado conocimiento de tocaciones que habrían afectado a la víctima, no describen la dinámica en que se habrían producido, ni el lugar físico, ni la época en que ocurrieron, ya que al respecto, la menor proporciona un relato sucinto y vago, que los testigos repiten sin aportar ningún antecedente producto de su experiencia personal o de circunstancias periféricas que permitan dar mayor sustento a la decisión del tribunal a quo”.
PRIVADO DE LIBERTAD
Los ministros establecieron que “ellos no son testigos presenciales de los hechos, constituyéndose en quienes toman conocimiento de la situación de abuso descrita a través del relato de la víctima, el cual presenta vacíos y contradicciones. De esta manera, el tribunal arriba a su decisión condenatoria solo con el relato de la menor, careciendo de otros medios de prueba y, además, en relación a las contradicciones expresadas en el fallo, para derribarlas, recurre nuevamente a la misma prueba, salvando de esta forma hechos indiscutibles, como lo es el que el acusado se encontraba privado de libertad a la fecha en que la menor refiere el inicio del abuso”.
Añaden que, además, "los sentenciadores, en ninguna parte de su fallo se hacen cargo de la declaración prestada por el acusado como medio de defensa, incumpliendo así aquel deber de fundamentación a toda la prueba producida, conforme lo ordenado por el artículo 297 inciso 2° del Código Procesal Penal”.
CONDENA
En primera instancia, el Tribunal Oral de Viña había condenado al imputado a cinco años y un día de presidio, como autor de abuso sexual impropio en contra de la menor, en grado de consumado, supuestamente cometido en Villa Alemana entre mediados de 2010 y fines de 2013.
La sentencia anulada incluía las medidas accesorias generales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares, además de las penas accesorias especiales de los incisos primero y segundo del artículo 372 del Código Penal.
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