Sala de Prensa

06/12/2021

En resguardo de los derechos de cuatro adolescentes

Biobío: defensor juvenil logró adelantar medio año audiencia de preparación de juicio oral

A través de una acción de amparo, el defensor penal juvenil Felipe Martínez logró la reprogramación de la audiencia, tras argumentar que la fecha original, fijada para junio de 2022, vulneraba los principios, derechos y garantías que establece la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA).

Por Victoria Haquin V.,
Defensoría Regional del Biobío.

La Defensoría Regional del Biobío presentó una acción de amparo en favor de cuatro adolescentes a los que representa, luego de que fueran imputados por los incidentes ocurridos en febrero de 2020 en la Universidad de Concepción.

Ello, luego de que el tribunal de garantía fijara para el 8 de junio de 2022 la audiencia de preparación de juicio oral para todos los acusados. En el escrito, la defensa pública argumentó que este plazo vulneraba los principios, derechos y garantías que establece la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) para los jóvenes infractores de ley.

Tras revisar el tema, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Concepción acogió los fundamentos entregados por el defensor penal juvenil Felipe Martínez, quien incidentó ante el juez de garantía la vulneración de derechos de los adolescentes, no obstante lo cual el magistrado argumentó que no había otra fecha disponible.  

Tras la determinación del tribunal de alzada, se reprogramó para el próximo 21 de diciembre la audiencia de preparación de juicio oral, seis meses antes de lo dispuesto originalmente.

VULNERACIÓN DE GARANTÍAS Y TRATADOS
El fallo de  la Corte establece que la fecha del 8 de junio de 2022 vulnera las garantías establecidas en la Constitución Política de la República y los tratados internacionales reconocidos por Chile y que se encuentran vigentes, particularmente la Convención de los Derechos del Niño y los principios inspiradores de la Ley N° 20.084.

Según los magistrados, lo anterior "afecta el derecho a la libertad personal y la seguridad individual de los amparados, tratándose de adolescentes que se han visto privados parcialmente de su libertad personal, y ahora sometidos a una cautelar de menor intensidad, por lo que el excesivo plazo importa una afectación de sus derechos que deviene en una ilegalidad que debe ser corregida”.

Tras conocer la determinación de la Corte, Felipe Martínez manifestó su conformidad con el resultado, porque el tribunal de alzada "consideró todos los argumentos de la defensa, fundamentalmente que por aspectos administrativos no se pueden pasar a llevar las normas y derechos que prevalecen, en este caso tratándose de menores de edad, de acuerdo con la normativa internacional y, particularmente, con la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Muy conformes con la resolución que reprogramó la audiencia para 15 días más“, concluyó.

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