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17/08/2022

Corte Apelaciones de Valparaíso acogió amparo de defensora penitenciaria

Ministros ordenan traslado a unidad penal que garantice arraigo social y familiar de mujer que cumple condena en Los Andes

Su familia está compuesta por su pareja de la tercera edad, con movilidad reducida, y su hija estudiante, con domicilio en Valparaíso.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un amparo presentado por la defensora penitenciaria Marcia Quintana Fajardo en favor de una mujer que cumple condena en Los Andes y contra la Dirección Regional de Gendarmería, por vulnerar sus derechos al no cumplir la obligación de mantenerla cerca de su lugar de arraigo.

El Juzgado de Garantía de Valparaíso la condenó por tráfico ilícito de drogas e inicialmente cumplió prisión preventiva en el complejo penitenciario del puerto, pero luego, por razones de seguridad, fue trasladada a Quillota y posteriormente a Los Andes.

La familia de la afectada está compuesta por su pareja, de la tercera edad y con movilidad reducida, y por su hija estudiante, con domicilio en Valparaíso, por lo que les resulta difícil llegar hasta el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Los Andes para visitarla.

Al respecto, el Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, explicó que “los ministros concluyeron que la decisión de trasladarla a otro recinto penitenciario no cumple con el Decreto Supremo N° 518, garantías constitucionales ni tratados internacionales ratificados por Chile, el artículo 21 de la Constitución y el auto acordado de la Corte Suprema sobre la materia”.

VINCULACIÓN AFECTIVA
En el considerando tercero, la sentencia determina “que de los antecedentes allegados al recurso se desprende que son efectivos los hechos descritos y que atentan contra los derechos de las personas privadas de libertad consistentes en mantener una vinculación afectiva y/o familiar, la que se produce solamente si el penal se ubica geográficamente cercano a su red de apoyo. En el caso de autos, el traslado proyectado se ha ordenado que sea fuera de esta región, lo que no parece justificado ni proporcional, teniendo presente que su núcleo familiar vive en la ciudad de Valparaíso”.

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