Sala de Prensa
- Portada
- Sala de Prensa
- Noticias
- Defensor público chileno alegó ayer en causa ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
07/02/2023
Octavio Sufán participó en audiencia en representación de juez peruano que alega injusta destitución
Defensor público chileno alegó ayer en causa ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Junto a un defensor público guatemalteco, el jefe de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) asumió la defensa de Humberto Cajahuanca Vásquez, ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco (Perú).
Por Marcelo Padilla Villarroel,
periodista Defensoría Nacional.
En su condición de defensor público interamericano (DPI), en el marco del convenio vigente entre la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (Aidef) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el jefe de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN), Octavio Sufán, alegó ayer ante el pleno de ministros de este tribunal internacional -reunido en San José de Costa Rica- en representación de Humberto Cajahuanca Vásquez, quien fue destituido como magistrado presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco (Perú).
El caso se originó a partir de las presuntas violaciones de derechos convencionales ocurridas en el marco de un proceso sancionatorio que terminó con la destitución de Cajahuanca, contexto en que ayer se efectuaron los alegatos orales de la causa, con la intervención de los representantes del estado peruano, de Sufán y el defensor público guatemalteco Rocael Esteban como abogados del afectado, y de miembros la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que tras revisar el caso lo sometió al conocimiento de la Corte, tribunal al que ingresó el 12 de mayo de 2021.
“Nosotros asumimos una vez que la CIDH sometió el caso a la Corte IDH. Conforme al reglamento de Aidef, asumen dos titulares y un suplente en representación de la víctima. En este caso debimos contestar el escrito de solicitud de argumentos y pruebas (ESAP), generar y mantener un contacto fluido con el señor Cajahuanca y asesorarlo en todo momento, lo que incluye comparecer en audiencia pública ante el pleno de la Corte IDH”, explicó Sufán.
DESTITUCIÓN IRREGULAR
Según el resumen oficial del caso publicado por la Corte IDH, el juez destituido alega que el estado peruano violó el principio de legalidad y favorabilidad, “porque la causal de destitución aplicada revestía de significativa amplitud y no hacía referencia a conductas concretas que resultaran reprochables disciplinariamente y porque se le impuso la sanción más severa, pese a que otra norma vigente contemplaba una sanción menor”.
Sufán y Esteban alegaron también que en este caso “se violó el principio de independencia judicial y el derecho a contar con decisiones debidamente motivadas, porque el fallo sancionatorio no ofreció una motivación que expusiera de manera clara las razones por las cuales la actuación de la presunta víctima ameritaba la sanción más severa”, sostuvo el jefe de Estudios de la DRMN.
El defensor público interamericano chileno explicó que esta causa surgió tras la decisión del tribunal colegiado de designar a un juez de reemplazo en una causa por narcotráfico, contexto en que el magistrado designado por Cajahuanca decidió liberar incondicionalmente a dos personas imputadas, tras lo cual se inició un proceso sancionatorio contra el juez presidente.
“Lo que reprocha la defensa es que Cajahuanca fue destituido sin bases mínimas de debido proceso, como contar con una abogado defensor y, sobre todo, que la resolución que lo destituyó tuviera la suficiente motivación para explicar tanto la aplicación de la sanción como la razón de que, en su caso, se aplicara la medida más grave. También reprochamos la falta de mención de los medios de prueba que existen en el proceso, la falta de valoración de aquellas que favorecían a Cajahuanca, incluyendo su propia declaración, pues por el actuar del juez suplente que liberó a estas dos personas fue condenado a cinco años de cárcel y alcanzó a cumplir 15 meses privado de libertad”, explicó Octavio Sufán.
SENTENCIA ESTE AÑO
Según el defensor público chileno, ahora las partes deberán esperar hasta marzo próximo para presentar sus observaciones escritas y luego presentar los alegatos finales, para luego esperar la dictación de la respectiva sentencia, lo que debiera ocurrir durante este año.
“Este es el cuarto o quinto caso en que he actuado como defensor público interamericano. Hasta ahora los he ganado todos, pero este es un caso especialmente complejo. La Corte IDH tiene precedentes respecto del deber de fundamentación, pero creo que será fallo dividido”, sostuvo Sufán.
El abogado agregó que este caso será el último en que le corresponde intervenir como DPI, designación en que durante seis años compartió responsabilidades con su colega chilena, la defensora pública Sandra Haro.
A partir de este año, los cupos de DPI’s para Chile aumentaron a cuatro y las y los elegidos son los defensores públicos Inés Rojas Varas, Defensora Regional de Coquimbo; Claudio Fierro Morales, jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional; María Cristina Melgarejo, coordinadora de defensa penitenciaria de la Defensoría Regional del Biobío, y Nicolás Orellana, del equipo de la Defensoría Local de Ñuñoa-Las Condes, en Santiago.
Noticias relacionadas:
- Defensor Regional de Antofagasta expuso sobre las urgencias de las mujeres privadas de libertad
- Defensa penal pública de la disidencia sexual
- Sala penal de la Corte Suprema revisó hoy apelación de la Fiscalía por extradición de imputado venezolano
- “Enfoques diferenciados y la protección de los derechos de las personas privadas de libertad”
- “Nuestra legislación ha avanzado precisamente en sentido contrario a lo expuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”
- Noticias
- Columnas
- Revista 93
- Revista 93, Nº27
- Revista 93, Nº26
- Revista 93, Nº25
- Revista 93, Nº24
- Revista 93, Nº23
- Revista 93, N°22
- Revista 93, N°21
- Revista 93, N°20
- Revista 93, N°19
- Revista 93, N°18
- Revista 93, N°17
- Revista 93, N°16
- Revista 93, N°15
- Revista 93, N°14
- Revista 93, N°13
- Revista 93, N°12
- Revista 93, N°11
- Revista 93, N°10
- Revista 93, N°9
- Revista 93, N°8
- Revista 93, N°7
- Revista 93, N°6
- Revista 93, N°5
- Revista 93, N°4
- Revista 93, N°3
- Revista 93, N°2
- Revista 93, N°1
- Publicaciones destacadas
- Galería multimedia
- subir
- imprimir
- volver