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12/04/2023

Fue presentado por la defensora penitenciaria Marcia Vega Moreno

Corte de Valparaíso acogió amparo contra decisión de Comisión de Reducción de Condenas que excluyó a representado del beneficio

La abogada planteó que se aplicó retroactivamente una norma penal desfavorable al amparado, exigiéndole requisitos que no existían al momento de los hechos.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

Por mayoría, la Corte de Apelaciones acogió un amparo, interpuesto por la defensora penitenciaria Marcia Vega Moreno en favor de una persona condenada y en contra de la Comisión de Reducción de Condena del complejo penitenciario de Valparaíso, que excluyó y caducó el tiempo acumulado en la tramitación del decreto de rebaja de meses.

El amparado presentaba fecha de rebaja condena al bienio septiembre-octubre de 2022 para el 16 de julio de 2024.

En su fallo, los ministros afirmaron que “la Ley N° 21.421 no se refiere sólo a un aspecto administrativo de la pena, puesto que modificó su forma de cumplimiento, tornándolo más gravoso, ya que al haber excluido al amparado del beneficio de reducción de condena ha extendido su privación de libertad de forma ilegal, al aplicar de forma retroactiva una ley penal, lo que lleva a acoger el recurso”.

CAUSAL DE EXCLUSIÓN
Con la dictación de la Ley N° 21.421, que rige desde el 9 de febrero 2022, dicha comisión (correspondiente al periodo noviembre de 2022) aplicó la causal de exclusión que establece el artículo 17 letra e), en virtud de la modificación que introdujo esta ley, que excluye del proceso a los autores de delitos que afectan al ámbito de la indemnidad sexual de menores de 14 años, y acto seguido, aplicó la eliminación del beneficio.

Para la defensora pública, esto constituye una ilegalidad, ya que la comisión aplicó retroactivamente una norma penal desfavorable para el amparado, exigiéndole el cumplimiento de requisitos que no existían al momento de los hechos que motivaron la acusación en su contra y la dictación de la sentencia, firme y ejecutoriada.

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