Sala de Prensa

08/05/2023

Luego de que pasaran dos años desde la formalización de cargos

Corte de Antofagasta acogió recurso de la defensa pública por excesiva dilación de la investigación

El tribunal de alzada estimó que se contravinieron las garantías del imputado respecto de ser juzgado en un plazo razonable, pues en este caso se efectuaron excesivas prórrogas para investigar.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

La defensora pública Margarita Angulo Huerta interpuso un recurso de amparo constitucional en contra de una resolución previa del tribunal de competencia mixta de Mejillones, luego de que éste decretara una nueva ampliación de plazo de investigación en un caso formalizado por un delito de homicidio que se ha extendido por más de dos años.

Con fecha 18 de enero de 2021 el amparado fue formalizado por los delitos de homicidio simple, porte de arma prohibida y realizar disparos injustificados en la vía pública, fijándose un plazo de investigación de 60 días.

Sin embargo, cumplido este primer período, la causa fue objeto de ocho ampliaciones de plazo, al cabo de los cuales, en agosto de 2022, el imputado fue reformalizado por los delitos de homicidio simple y porte de armas adaptadas, contexto en que, además, se cerró la investigación. No obstante, en audiencia realizada el 8 de septiembre siguiente y a solicitud de un querellante, se reabrió la investigación por otros 60 días, plazo que luego fue prorrogado en dos ocasiones por la misma cantidad de tiempo.

RECURSO DE AMPARO
El 6 de abril pasado, en audiencia de apercibimiento de cierre solicitada por la defensora pública, la investigación volvió a ser ampliada, frente a lo cual Margarita Angulo optó por interponer un recurso de amparo. Allí expuso que esta nueva dilación del cierre de investigación era ilegal y arbitraria, porque implicaba una afectación sustancial a la garantía de ser juzgado en un plazo razonable.

Ello, "porque había sido cerrada, se reabrió y fue ampliada dos veces más, contraviniendo el artículo 257 del Código Procesal Penal, que sólo permite por una vez ampliar dicho plazo", explicó.

El fallo de la Corte de Apelaciones sostiene que lo argumentado por la defensa pública "tiene sustento en disposiciones del Código Procesal Penal, que establecen que transcurrido el plazo de dos años desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal deberá proceder a cerrarla”.

Asimismo, el mismo cuerpo legal establece que, en caso de ser reabierta una investigación, puede ser ampliada por sólo una vez y no dos, como sucedió en este caso.

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