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25/05/2023
La amparada se encontraba cumpliendo condena en el CCP de Chillán
Ñuble: Corte Suprema acogió amparo de defensa penitenciaria y restituyó libertad condicional de madre y su hija de tres meses
En un pronunciamiento unánime, el máximo tribunal del país acogió el recurso de amparo en contra de una resolución previa de la Corte de Apelaciones de Chillán y decretó restituir la libertad condicional de la madre, que cumplía saldo de pena en prisión con su hija lactante.
Por Claudia Riquelme Soto,
Defensoría Regional de Ñuble
Por malas condiciones carcelarias y para asegurar la vida y la salud de una lactante, la Corte Suprema restituyó la libertad condicional de una madre que cumplía un saldo de pena en la sección femenina del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Chillán.
El recurso de amparo, presentado por el defensor público penitenciario Jonathan Romo y alegado por la abogada Marcela Bustos, de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, dio cuenta de la ausencia de las condiciones necesarias para que esta madre y su pequeña hija permanecieran privadas de libertad.
“Recibimos con satisfacción el fallo de la Corte Suprema, que en su sentencia relevó el deber de los órganos del Estado de respetar y promover los derechos esenciales garantizados por la Constitución y por los tratados internacionales ratificados y vigentes", explicó Romo.
Según el abogado, también se consideraron las condiciones de habitabilidad en que se encontraban la mujer y su hija lactante, incluyendo la existencia de plagas de insectos potencialmente dañinos para la salud de ambas. "Por último, se tuvo presente el arraigo, ya que nuestra representada tiene otros dos hijos menores y trasladarla de unidad penal implicaría graves consecuencias para ellos”, agregó.
El defensor público arguyó la condición de su representada como madre al interior de un recinto carcelario y relevó las precarias condiciones en las que se encontraba junto a su hija de tres meses.
NORMATIVA INTERNACIONAL
La resolución recogió los alegatos de la defensa pública y resolvió que se debe tener presente la normativa internacional, especialmente “que uno de los amparados es una lactante que vive con su madre al interior de un recinto penitenciario”, además de que se deben tomar medidas sanitarias, ya que existen plagas de insectos potencialmente dañinos para la salud de ambas.
La decisión unánime de la segunda sala de la Corte Suprema fue tomada por las y los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, el ministro suplente Jorge Zepeda y el abogado integrante Eduardo Morales.
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