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24/07/2023

Gracias a recurso de apelación de la defensa pública tras dos intentos fallidos en sede de garantía

Corte de Valdivia sobreseyó a usuario de cannabis medicinal imputado por infringir la Ley de Drogas en La Unión

La acción en favor de Federico Morel, en tratamiento por esclerosis múltiple, fue interpuesta por el defensor público Felipe Alvarez, bajo la causal de justificación que introdujo la Ley N° 21.575 (Ley Antinarco) al artículo 8° de la Ley 20.000 (Ley de Drogas).

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió, el pasado jueves 20, un recurso de apelación interpuesto por el defensor público de La Unión, Felipe Álvarez, y sobreseyó definitivamente de la imputación de cultivo de cannabis, bajo la Ley de Drogas, a Federico Morel Pairoa, usuario de cannabis medicinal por el tratamiento que sigue tras un diagnóstico de esclerosis múltiple.

Según explicó Álvarez, el tribunal de alzada aceptó que concurría la causal de justificación que contempla la modificación introducida por la Ley N° 21.575 ('Ley Antinarco'), vigente desde el 23 de mayo de este año, al artículo 8° de la Ley N° 20.000 ('Ley de Drogas'), que establece como justificado el cultivo de especies vegetales del género cannabis para la atención de un tratamiento médico. 

El abogado precisó que, para ello, es necesario contar con una receta extendida por un médico cirujano tratante, la que debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y la extensión de éste, además de que la forma de administración no puede ser mediante combustión. 

FUNDACIÓN DAYA
El defensor público relató que Federico Morel fue diagnosticado en 2015 con esta enfermedad, “lo que provocó un vuelco en su vida y el inicio de un camino de tratamiento y asesoría con profesionales de la Fundación Daya. No obstante, en abril del año pasado fue detenido y posteriormente formalizado por cultivo de marihuana, es decir, junto con su tema de salud, ha debido vivir todo este proceso penal y estar bajo sospecha”, comentó Álvarez, junto con agregar que la Fiscalía solicitaba una pena de cinco años de presidio y una multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a casi cinco millones de pesos en su caso.

En su labor de defensa, Felipe Álvarez destacó el trabajo colaborativo desarrollado con la fundación desde el inicio de la causa, lo que supuso comunicación con la diputada Ana María Gazmuri y con el  equipo jurídico de la entidad no gubernamental, que aportó antecedentes médicos, jurídicos y pericias químico-farmacéuticas a la estrategia de defensa.

DIGNIDAD HUMANA
Según el abogado, en esta causa hubo dos intentos fallidos buscando obtener el sobreseimiento definitivo para su representado en sede de garantía en La Unión, contexto en que tanto el tribunal de primera instancia como el Ministerio Público se opusieron a esta forma de término, por lo que fue la segunda sala -integrada por las ministras Marcia Undurraga, Gloria Hidalgo y Paola Oltra- la que finalmente acogió los argumentos que la defensa pública esgrimió desde las primeras etapas procesales.

“Estamos muy conformes porque, junto con todos los antecedentes que dieron cuenta de que el uso de cannabis era únicamente con fines medicinales, la segunda sala acogió nuestras alegaciones y, lo más importante, atendió que se trata del derecho a la salud y la dignidad humana”, destacó.

Para el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Juan Pablo Alday -quien alegó  el recurso ante la Corte valdiviana-, este caso configura un interesante precedente sobre retroactividad de la ley penal más favorable y es el fruto de una defensa proactiva.

“Todo el reconocimiento al trabajo del defensor público Felipe Álvarez, quien a través de su actividad recursiva ha logrado importantes logros en la Corte de Apelaciones de Valdivia y en la Corte Suprema durante este año, como también ha demostrado que las defensas activas generan tremendos resultados en favor de las personas que representamos”, concluyó.

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