Sala de Prensa

29/09/2023

Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la resolución de tribunal oral en lo penal

Absuelven a ciudadano haitiano acusado de robar carnés de identidad en Registro Civil de Melipilla

El tribunal de alzada confirmó la absolución de Larousse D. (32), quien estuvo más de ocho meses encarcelado como supuesto autor del delito de robo con intimidación en dependencias del Registro Civil de Melipilla. Según el defensor penal público Abraham Núñez, no fue posible establecer el ánimo de lucro en la acción de protesta realizada por el hombre, la que fue muy distinta al delito acusado.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Un día de furia, un mal momento o sentirse incomprendido fueron algunas de las justificaciones que intentó esgrimir el ciudadano haitiano Laurosse D., quien sustrajo unas 50 cédulas de identidad desde un cajón de la oficina del Registro Civil en Melipilla. Ahora, meses después, el tribunal oral lo absolvió del delito de robo con intimidación, porque los jueces entendieron que no existió ánimo de lucro, toda vez que las cédulas fueron arrojadas a un basurero a la salida de esa oficina pública.

De manera muy clara, la resolución del Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de Melipilla indica que ”de la prueba rendida no se colige intención del acusado de apropiarse de los documentos de identidad que tomó desde la oficina del Registro Civil, su actuar, descrito por el propio denunciante, da cuenta más bien de una intención de causar algún perjuicio al Servicio o un mal rato a los funcionarios que desde su perspectiva eran los responsables de lo que consideraba un mal servicio y un perjuicio al no proporcionarle el documento de identidad que había solicitado en esa misma dependencia”.

OCHO MESES PRESO

La misma premisa fue la esgrimida por el defensor penal público Abraham Nuñez durante la investigación, con mayor ímpetu en vista de la privación de libertad que afectaba a su representado. Larousse D. alcanzó a estar ocho meses en la cárcel hasta el juicio oral en que fue absuelto, decisión que fue refrendada por la Corte de Apelaciones de San Miguel tras un recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público y los querellantes.

Parte de la resolución del tribunal da cuenta de la barrera idiomática que motivó la discusión que terminó con la imputación por robo con intimidación.

“El caso que nos ocupa se trata de un ciudadano extranjero cuya lengua de origen es el creole –lengua criolla hablada en Haití, estructuralmente basada en el francés, pero mezclado con lenguas africanas-, que cuenta con cierto vocabulario español que le permite darse a entender, conforme a lo expuesto por el afectado y las funcionarias policiales. Sin embargo, ciertamente existe algún tipo de barrera en el idioma que justificó contar durante la realización de la audiencia de juicio con un intérprete, lo que evidencia la diferencia entre entender algunas indicaciones, frases o palabras a comprender perfectamente el idioma.

El fallo agrega que eso "quizá podría explicar que no entendiera las explicaciones dadas en la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación respecto a que, no obstante haber realizado una solicitud de cédula de identidad y contar con un comprobante que daba cuenta de la realización de aquel trámite, dicho documento no se confeccionaría al no contar con una situación migratoria al día, a diferencia de lo ocurrido el año 2019, en que había logrado realizar dicho trámite con resultados positivos, razón por la que culpaba a los funcionarios de no querer entregársela, falta de entendimiento y frustración que desembocó de la peor manera. con un actuar a todas luces indebido, inapropiado y agresivo aquel 3 de noviembre de 2022”.

Ese fue uno de los argumentos expuestos por el defensor público en la audiencia, en el sentido de que lo ocurrido se fundaba en la frustración de su representado, quien al no contar con un carné de identidad no podía hacer trámites urgentes en el BancoEstado de la comuna, que se encuentra a pocos metros de la oficina del Registro Civil.

SIN ÁNINMO DE LUCRO
Los magistrados del tribunal oral no consideraron la existencia del ánimo de lucro, uno de los aspectos que podrían fundar el delito de robo con intimidación.

“No puede considerarse que fueron realizadas con la intención de apropiarse de los documentos que tomó, ya que se deshizo de los mismos a los pocos minutos, mientras caminaba hacia el Banco Estado, donde también tenía un trámite pendiente. Al efecto cabe hacer presente que no se deshizo de las cédulas de identidad mientras caminaba y no en una hipótesis de persecución policial, como comúnmente ocurre, de modo que no se aprecia de forma alguna la intención de obtener una ventaja patrimonial y, en ese sentido, no pude considerarse que al tomar y a los minutos botar en un contenedor cercano los citados documentos de identidad se haya apropiado de éstos, por cuanto no concurre el ánimo de lucro ni el elemento subjetivo del tipo”.

Durante la investigación de esta causa, Abraham Nuñez intentó cambiar la medida cautelar que afectaba a su representado, pero ello resulto imposible, entre otros argumentos por la pena que arriesgaba el ciudadano haitiano en caso ser considerado responsable.

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