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25/03/2024

Fue presentado por la abogada Giovanna Bustamante Casella

Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió recurso de apelación de la defensa penal pública y revocó medida cautelar

En la sentencia se aplicó el principio de la irretroactividad de la ley penal.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíuso acogió un recurso de apelación presentado por la abogada Giovanna Bustamante Casella en contra de una resolución previa del Juzgado de Garantía de Quilpué, que decretó la medida cautelar real del artículo 157 ter del Código Procesal Penal a su representada, formalizada por usurpar u ocupar un inmueble sin violencia y sin daños, según lo previsto en el artículo 458 del Código Penal.

Tras los alegatos por el recurso, que por la Defensoría estuvieron a cargo de la defensora pública Macarena Jaque Reinuaba, la sentencia de los jueces resolvió que, “atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la interviniente en estrado y teniendo presente que la medida real decretada en autos es la prevista en el artículo 157 ter del Código Procesal Penal, norma introducida por la Ley N° 21.633, vigente desde el 24 de noviembre de 2023, cuya aplicación no resulta posible conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del mencionado Código, al ser esta última más desfavorable a la imputada, se revoca la resolución apelada de 8 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué y en su lugar se declara que no se hace lugar a la medida cautelar solicitada”.

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