Sala de Prensa

03/05/2024

En el ciclo de conversaciones de la emisora con la Defensoría Penal Pública

Sobre derechos penitenciarios habló el Defensor Regional de Los Ríos en radio "UACh" de Valdivia

Luis Soto Pozo detalló las prestaciones de la defensa penitenciaria y se refirió a factores que inciden en la sobrepoblación penal como aumento y rigidización de las formas de cumplimiento de penas e injusto descrédito de beneficios penitenciarios.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

Sobre derechos penitenciarios conversó este martes el Defensor Regional de Los Ríos, Luis Soto, con el periodista Miguel Ángel Millar, en los estudios de la radio de la Universidad Austral de Chile (UACh), en Valdivia.


Durante la conversación, el abogado relevó la importancia de la línea especializada de defensa penitenciaria, en torno a abogar por los derechos de personas adultas que cumplen pena privadas de libertad. En cuanto a su labor, precisó que esta defensa especializada asesora en la tramitación de abonos o unificación de penas, apoya en postulaciones para obtener beneficios penitenciarios, en formular reclamos contra sanciones o castigos, solicitar asistencia médica o traslado a otras unidades penales y ejerce acciones judiciales como recursos de amparo o cautela de garantías, de ser necesario, entre otras prestaciones.

SOBREPOBLACIÓN PENAL
Consultado respecto de que el complejo penitenciario de Valdivia estaría funcionando a un 94 por ciento de su capacidad, Soto Pozo indicó que esta situación expresa el panorama general de país en el ámbito penitenciario y obedece a distintos factores determinantes del sistema penal.

“No es por generación espontánea, sino que responde a una agudización de políticas y leyes en que se han aumentado penas, por un lado, y que también se ha rigidizado la forma de cumplimiento frente a ciertos delitos, por otro. Por ejemplo, a la segunda condena por el delito de hurto simple, aun con una pena baja, la persona ya no tiene derecho a una pena sustitutiva, sino que ingresa inmediatamente a cumplir a la cárcel”, explicó.

Soto mencionó también el lamentable descrédito actual de algunos beneficios intrapenitenciarios: “El caso icónico es el de la libertad condicional, que permite otra forma de cumplimiento a una persona con muy buena conducta, con buen informe psicosocial, con asistencia a talleres, aprendizaje de oficios y la mitad del tiempo de la pena cumplida. Hoy es un beneficio que, a partir de modificaciones legales, aumentó el requisito para su acceso a dos tercios de pena en algunos delitos y otros a los que se les excluyen para optar a este derecho”, aclaró.

MUJERES PRIVADAS DE LIBERTAD
En la misma perspectiva de descongestionar las cárceles y refiriéndose a grupos más vulnerables dentro de la población penal, el Defensor Regional mencionó que, en el caso de las mujeres -tanto en etapa de investigación como en el cumplimiento de penas-, la privación de libertad debiera ser excepcional y muy justificada, atendido el rol de cuidadoras de la mayor parte de ellas.

“La mayoría de los hombres cumplen pena acompañados de sus parejas. No obstante, las mujeres generalmente son abandonadas por parejas hombres y pierden contacto con sus hijos, todos factores, junto a otros del sistema penitenciario, que afectan sus procesos de reinserción social. Para ellas, en casos en que lo amerite, el sistema debiera dictaminar formas de cumplimiento distintas a la cárcel”, advirtió.

USO EXCESIVO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA
Otra aspecto en que el jefe regional de la defensa pública puso énfasis, y que incidiría en la actual sobrepoblación penal, es la excesiva aplicación de la prisión preventiva durante la investigación de los casos. Indicó que durante el año pasado, a nivel país, de las 21 mil 833 personas que estuvieron preventivamente presas, sólo al 37,8 por ciento se le impuso finalmente una pena de cárcel. Agregó que, en el caso de las y los adolescentes, del total que estuvo en internación provisoria, sólo al 27,3 por ciento se le decretó finalmente una sanción privativa de libertad.

“Desde la Defensoría hemos sido majaderos en llamar la atención sobre la excesiva aplicación de una medida cautelar que debiera ser excepcional y sobre su uso como una suerte de pena anticipada”, puntualizó.

Por último, en una reflexión respecto de las cifras de delincuencia, Luis Soto Pozo afirmó que existe evidencia de que el aumento de las penas o pasar más tiempo en la cárcel no disminuye los índices de comisión de delitos.

“De hecho, con un beneficio como la libertad condicional menos del 13 por ciento de las personas beneficiadas reincide delictualmente. Por el contrario, en el caso de las personas  que cumplen la totalidad de su pena privadas de libertad, sobre el 60 por ciento reincide delictualmente en los próximos cinco años después de recuperada su libertad. Es decir, más y más tiempo en cárceles no es la solución, sino la prevención, disminuir las brechas de desigualdad, el fortalecimiento efectivo de las policías y la reinserción social”, concluyó.

Puede revisar la entrevista completa en:  https://n9.cl/ewm9zp 

 

 

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