Sala de Prensa

27/03/2013

Sandra Haro, jefa de Estudios de la Defensoría Regional de La Araucanía:

“Si un defensor público toma conocimiento de un hecho delictivo, debe denunciarlo”

La abogada respaldó la actuación del defensor penal mapuche Pablo Ardouin, quien durante una audiencia denunció ayer la eventual comisión de un delito, lo que fue considerado una “esquizofrenia jurídica” por el fiscal jefe de Collipulli, Luis Chamorro.

Al comentar los dichos emitidos ayer por el fiscal jefe de Collipulli, Luis Chamorro -quien consideró una “esquizofrenia jurídica” la actuación del defensor penal mapuche Pablo Ardouin-, la jefa de Estudios de la Defensoría Regional de La Araucanía, Sandra Haro Colomé, no sólo respaldó hoy la actuación del abogado institucional, sino que cuestionó como “completamente errónea” la interpretación del funcionario del Ministerio Público.

Sandra Haro dijo esta mañana que Pablo Ardouin hizo lo correcto, pues al igual que los demás funcionarios públicos, los defensores penales tienen la obligación de denunciar hechos que puedan constituir delitos.

“El artículo 175 b) del Código Procesal Penal establece los casos en que la denuncia se torna obligatoria y, por ende, si un defensor penal público toma conocimiento de un hecho delictivo en el ejercicio de sus funciones, debe denunciarlo”, explicó.

Agregó que si bien los abogados institucionales tienen la obligación de guardar confidencialidad en el trato con sus representados, en el ejercicio de esta función los únicos límites que regulan su labor son “el respeto a las leyes y normas éticas o de conducta profesional, entre ellas el secreto profesional”, ninguna de las cuales se vio afectada en este caso.

“ESQUIZOFRENIA JURÍDICA”
Durante la formalización de cuatro comuneros mapuche imputados por robo con intimidación de una casa en Collipulli, Ardouin denunció ayer ante el tribunal que un arma supuestamente robada a la víctima de los hechos no estaba legalmente inscrita, cuestión que debía ser investigada, por constituir una eventual infracción de la Ley de Control de Armas.

El fiscal del Ministerio Público reaccionó indignado y no sólo criticó duramente la actuación del abogado de la DPP, sino que la consideró una “esquizofrenia jurídica”, en tanto un defensor penal público no puede hacer denuncias de este tipo, pues su misión “es defender y no acusar”, según aseguró. Al mismo tiempo, y pese a que pidió al tribunal declarar nula la denuncia de Ardouin, anunció que el Ministerio Público iniciaría una investigación de oficio respecto del arma.

Sandra Haro dijo que tal idea también es equivocada, pues “los defensores penales públicos representan el interés individual de sus clientes, de la misma forma en que lo hacen los defensores privados. La Defensoría, como institución, no tiene la representación de personas, sino que la tienen sus abogados, que son quienes prestan defensa a toda persona que lo requiera”, aclaró.

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