Sala de Prensa

13/05/2013

Jueces no acogieron arresto domiciliario solicitado por la Fiscalía

Karina Sepúlveda quedó con arraigo nacional a la espera de nuevo juicio oral

El Tribunal Oral en Lo Penal de Puente Alto explicó su decisión bajo el argumento de que la mujer nunca ha dejado de ir a alguna audiencia y que no existe peligro de fuga.

Por Paola Sais D.,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Luego de 15 minutos de deliberación, los jueces Andrea González, Álvaro Mardones y Gregory Rojas resolvieron no acoger en plenitud la solicitud del fiscal Rodrigo Chinchón, quien pidió las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para Karina Sepúlveda.

La mujer acusada por haber matado a su conviviente estuvo 15 meses en prisión preventiva, hasta que en enero pasado fue absuelta y dejada en libertad, al término de un primer juicio oral en su contra.

Sin embargo, el 27 de marzo pasado la Corte de Apelaciones de San Miguel dejó sin efecto este fallo al acoger el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público, por lo que Karina deberá enfrentar un nuevo juicio oral, cuyo inicio está fijado para el 3 de junio próximo.

En este contexto, el fiscal Chinchón solicitó la audiencia de revisión de medidas cautelares de la mujer, la que se realizó el pasado viernes 10, y durante la cual afirmó que existía un inminente peligro de fuga de la imputada. Agregó que dada la gravedad del delito, correspondía una medida cautelar de privación de libertad.

DEFENSA PÚBLICA
En contrapunto, los defensores públicos Ximena Silva y Nelson Cid hicieron ver que desde que se anuló el primer juicio oral contra Karina Sepúlveda, la mujer nunca ha faltado a una audiencia.

Agregaron que ella es madre de tres hijos -dos de ellos menores de edad- y que una medida privativa de libertad le dificultaría ejercer su rol de madre ante una situación de urgencia o enfermedad.

También argumentaron que Karina está tramitando actualmente un subsidio habitacional y que acciones como estas “no son concordantes con un intento de fuga”.

Tras escuchar a las partes, los magistrados del tribunal señalaron que “no se justifica la medida de arresto domiciliario parcial nocturno” y agregaron que “estamos ante un juicio que se anuló y desde ese momento ella pudo fugarse, cosa que no hizo”.

Al no haber controversia, el tribunal estuvo de acuerdo en decretar el arraigo nacional como única medida cautelar.

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