Sala de Prensa

12/02/2014

Acogieron las causales invocadas por los defensores públicos de Ana María Gómez

Jueces orales sobreseyeron definitivamente a imputada por caso Hijitus

Pese a acoger el sobreseimiento pedido por el fiscal de la causa, los magistrados lo hicieron por considerar que los delitos que se le imputaron nunca ocurrieron, de modo que la justicia reconoció jurídicamente su total inocencia como cómplice de cuatro agresiones sexuales contra menores.

Por Marcelo Padilla V.,
Defensoría Nacional.

Pese a acoger la solicitud de sobreseimiento definitivo hecha por la Fiscalía Oriente en beneficio de Ana María Gómez Gallo (66), dueña y directora del jardín infantil Hijitus de la Aurora, los jueces del Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago rechazaron hoy el principal argumento jurídico expuesto por el fiscal Sergio Salas y acogieron por unanimidad -en cambio- la causal invocada por la Defensoría Penal Pública, de modo que se la sobreseyó porque los hechos por los que se le imputó nunca ocurrieron, de modo que se demostró jurídicamente su inocencia

La mujer fue formalizada en febrero de 2013 como cómplice de su hijo, Juan Manuel Romeo Gómez, acusado como autor de agresiones sexuales contra cuatro menores que asistían a ese establecimiento, en el cual él ejercía como profesor de computación. En ese contexto, Gómez pasó cinco días en prisión preventiva y luego más de 300 en arresto domiciliario, hasta que finalmente la justicia declaró hoy su total inocencia.

Tal como lo expuso el fiscal Salas durante la audiencia de hoy, su solicitud de sobreseimiento se basaba en que, durante la preparación de juicio oral contra la imputada -cuyo inicio está previsto para el 4 de marzo próximo- el juez de garantía excluyó a seis testigos de cargo, pruebas consideradas “esenciales” por el persecutor.

DERECHO A DEBIDO PROCESO
Sin embargo, los defensores públicos de Ana María Gómez -Mario Palma y Gabriel Carrión- sostuvieron que la solicitud de sobreseimiento era sólo una estrategia del fiscal, pues las pruebas excluidas previamente lo fueron no por ser relevantes, sino por ser “sobreabundantes”.

Por lo mismo, se opusieron al sobreseimiento por la causal esgrimida y pidieron al tribunal rechazar la solicitud, buscando cautelar el derecho de Gómez a un debido proceso, que le permitiera dar por demostrada su inocencia.

Palma y Carrión pidieron, en su defecto, que si el sobreseimiento se acogía, lo fuera por otras causales, previstas en las letras A y B del artículo N° 250 del Código Procesal Penal, tal como finalmente ocurrió, de modo que ahora la mujer queda libre de todo cargo, por lo que no deberá someterse a juicio oral, escenario en que la Fiscalía había solicitado una pena de 36 años de cárcel para ella.

“PUEDO SENTIRME HONRADA”
Tras conocer el fallo a su favor, la directora del jardín Hijitus explicó que “lo primero que me nace es darle gracias a Dios, porque finalmente él ilumina al hombre para que vaya descubriendo la verdad. Una parte de ella es que soy inocente y con esto puedo sentirme honrada ante la sociedad, que hace dos años me consideraba como la peor pedófila de Chile”.

Agregó que siempre afirmó su inocencia y que aunque “eso lo quería probar en un juicio oral, “al menos con esta decisión en algo se repara el daño causado a mí y mi familia por casi dos años (…) He luchado por la verdad (…) Me hicieron agresiones frecuentemente, desde el primer día (…) Se me linchó, se me vejó”, aseguró.

Consultada respecto de la actuación de los fiscales en su contra, consideró que “a la Fiscalía le falta una institución que la supervise, que la regule, porque no está actuando con objetividad”.

“LOS DELITOS NUNCA OCURRIERON”
Satisfecho por el fallo, el defensor Mario Palma comentó que la resolución de hoy -suscrita por los jueces Francisco Lanas, Carlos Carrillo y Francisco Vela- “confirma que la Fiscalía no contaba con ningún antecedentes que le permitiera acreditar la ocurrencia de los delitos imputados a mi representada ni su responsabilidad en ellos. Los delitos nunca ocurrieron y Ana María Gómez es inocente”.

Previo al inicio de la audiencia se sucedieron una serie de intervenciones cruzadas entre fiscales, querellantes y defensores, vinculadas a una cautela de garantía interpuesta ayer por Palma y Carrión para proteger su derecho a un debido proceso.

Finalmente, los jueces decidieron resolver juntos tanto este tema como el sobreseimiento, de modo que rechazaron la cautela -por considerar que no se afectaban los derechos de la acusada- y acogieron el sobreseimiento, aunque por una causal distinta a la solicitada por el Ministerio Público.

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