Sala de Prensa

16/05/2014

Señaló en Seminario “Desafíos de la Justicia Penal”

Profesor Miguel Soto Piñeiro: “Los testigos de oídas o referencias no debieran existir”

Invitado por la Corte de Apelaciones de Rancagua y Defensoría Penal Pública de O’Higgins el destacado abogado señaló que esta figura debiera ser erradicada por exigencia propia del debido proceso.

Por Andrea Contreras Márquez,
Defensoría regional de O'Higgins.

Corría la tarde del 2 de julio de 2010 y mientras Arturo González trabaja junto a Darío Huerta y Matías Ogass en las pesebreras, este último pasó a visitar a su octogenario tío que vivía en la casa colindante. Ahí recién se percataron de la muerte de Don Arturo Ogass Silva.

El examen tanatológico del Servicio Médico Legal arrojó que  había fallecido el 1 de julio, entre las 20:00 y las 24 horas, a raíz de asfixia por estrangulamiento como consecuencia de la acción de terceros. Un testigo de oídas señaló haber escuchado a González en el bar del pueblo lamentándose por haber matado al occiso.

Bastó ese testimonio para detener a González y obligarlo a pasar 395 días preso por un delito que no cometió. Es más, el testigo de oídas era el reconocido “borrachito” del pueblo y a la hora de muerte del señor Ogass, Arturo estaba viendo televisión con la familia de la víctima fatal.

El de Arturo González es el primer caso de la región de O’Higgins que ingresó al Proyecto Inocentes de la Defensoría Penal Pública, pues tras pasar más de un año tras las rejas, fue absuelto de todos los cargos que se le imputaban.

SEMINARIO Y DESAFÍOS
Este caso es un lamentable ejemplo de la postura que el profesor y abogado Miguel Soto Piñeiro presentó en la tercera versión del seminario “Desafíos de la justicia penal” organizado en conjunto por la Corte de Apelaciones de Rancagua y la Defensoría Regional de O’Higgins, donde compartió espacio con otro destacado académico, Juan Pablo Mañalich.

En su ponencia, Soto Piñeiro señaló que “los testigos de oídas y de referencia se encuentran prohibidos por nuestro sistema procesal penal, por la sola exigencia del derecho y el debido proceso”. En este mismo sentido, aseguró que “en el sistema acusatorio no se busca una verdad real o material, sino una certeza que sea el producto de la gestión de los intervinientes (la verdad formal)”.

Juan Pablo Mañalich, en tanto, se explayó sobre las condiciones que debe cumplir el proceso de imputación penal a personas que cometen cuasidelitos. Centrándose en que la sola infracción de la norma (de cuidado) no es suficiente para imputar a titulo de imprudente una lesión a un bien jurídico, el académico de la Universidad de Chile dijo que “la sola infracción de una norma de protección no genera responsabilidad penal por delitos culposos. Se necesita algo más, esto es una relación específica con el bien jurídico protegido”.

La jornada fue inaugurada por el presidente de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Raúl Mera Muñoz, quien felicitó la iniciativa que impulsa por tercer año consecutivo la Defensoría Regional de O’Higgins, porque “pretende sacar del clima de mediocridad y falta de luces en que se mueve el sistema judicial en general, el que ha sido invadido por gente de escaso brillo o vuelo académico”. 

En este mismo sentido, el Defensor Regional, Alberto Ortega, hizo hincapié en la necesidad de que las capacitaciones para jueces, fiscales y defensores públicos se repliquen durante este año, como una medida que persiga  mejorar la calidad del debate y del trabajo jurisdiccional.

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