Sala de Prensa

30/09/2014

Columna de opinión:

Observaciones a la 'Ley Emilia'

La Defensora Regional de Antofagasta, Loreto Flores Tapia, publicó el siguiente artículo de opinión en el diario El Mercurio de Antofagasta.

Por Loreto Flores Tapia,
Defensora Regional de Antofagasta.

El 16 de septiembre del presente año se publicó la Ley 20.770, que modifica la Ley de Tránsito y el decreto ley sobre libertad condicional en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves, gravísimas o con resultado de muerte, conocida como 'Ley Emilia'.

La idea es endurecer la pena para dichos delitos, aumentando el marco penal aplicable, estableciendo reglas especiales de determinación de la pena, sancionando a quien no detenga la marcha, no preste ayuda o no dé cuenta del accidente a la autoridad, y obligando al condenado a cumplir necesariamente un año de pena privativa de libertad. Además, configura como delito la negativa a someterse al examen de alcoholemia.

Impulsado por circunstancias mediáticas y de presión social tras la dramática muerte de una menor de 6 meses luego de que un hombre en estado de ebriedad impactara el vehículo de sus padres, el legislador se vuelca a la creación de una ley de emergencia. Es decir, se dicta una norma que de manera general responda a un caso concreto.

Dicho así surge preocupación, pues esta ley merece observaciones. Primero, vuelve asistemático el régimen de penas, al aumentar el marco penal aplicable y se produce, además, una desproporcionalidad respecto de otros delitos a los que la sociedad asigna igual o mayor gravedad.   

Así, se visualiza un legislador contradictorio en cuanto a la política criminal. Por una parte está la modificación de la Ley 18.216 (en junio de 2012), que establece penas sustitutivas de las privativas o restrictivas de libertad y, posteriormente, en un sentido diametralmente opuesto dicta la 'Ley Emilia', obligando a que todo condenado por el delito de manejo en estado de ebriedad, independiente de si provoca lesiones o la muerte de alguna persona, cumpla un año de privación de libertad.

Al parecer de la Defensoría Penal, la 'Ley Emilia' atenta contra el principio de no autoincriminación y contra el principio de presunción de inocencia, ambos informadores del sistema procesal penal y garantizados legal y constitucionalmente. La evidencia internacional es consistente en mostrar que las penas cortas y en personas sin antecedentes penales, en nada contribuyen a la reinserción.

Sin embargo, en un sistema penitenciario colapsado como el chileno, la privación de libertad de personas condenadas por estos delitos más bien afecta su adaptación al medio social, incrementa la posibilidad de contagio criminógeno y contribuye a aumentar la sobrepoblación carcelaria, sin que existan adecuadas medidas de segregación ni tratamientos efectivos de rehabilitación desde el punto de vista clínico.

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