Sala de Prensa

04/03/2016

Juicio oral en Puerto Natales

Por prueba insuficiente absuelven a imputado por microtráfico

La defensora pública local, María Fernanda Benavides Henry, logró acreditar que los gramos de marihuana encontrados en poder de su cliente eran para consumo personal y próximo en el tiempo.

Por Héctor Martínez Díaz,
Defensoría regional de Magallanes y Antártica Chilena.

En un juicio oral desarrollado este viernes en Puerto Natales, la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, integrada por los magistrados José Octavio Flores Vásquez, Jaime Álvarez Astete y Julio Álvarez Toro, resolvió absolver por unanimidad al acusado Armando Andrés Macías Ovando, imputado como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacciones de pequeñas cantidades del género cannabis sativa, upuestamente cometido el 14 de mayo de 2015.

Lo anterior, basado en que la prueba fiscal recibida en juicio no resultó suficiente para tener por acreditado dicho ilícito. El tribunal resolvió también condenar por unanimidad al mismo acusado, como autor del delito falta contemplado en el artículo 50 de la Ley N° 20.000, acontecido el 20 de abril del 2015, en la vía pública de Puerto Natales.

CONSUMIDOR ACREDITADO
El tribunal acogió así los planteamientos de la defensora pública local de Puerto Natales, María Fernanda Benavides Henry, que sostuvo en el juicio que Macías Ovando era consumidor de  marihuana y no traficante como acusaba la Fiscalía.

Benavides expresó que el ente persecutor no fue capaz de probar que cuando su representado fue detenido en la vía pública portando tres contenedores, con un peso bruto total de 7,2 gramos, había efectuado previamente una supuesta transacción, ya que el hipotético comprador no declaró en el juicio oral.

Agregó que en la segunda detención sufrida por Macías Ovando, el 14 de mayo, ésta ocurrió al interior de su domicilio, donde se le encontraron 10,2 gramos de marihuana, más algunos elementos para “facilitar el tráfico”, como un cigarrillo recién armado con la droga, una moledora de madera, dos bolsitas, más 250 mil pesos que, a juicio de la policía, acreditaban que la comercializaba.

Sin embargo, la defensora penal pública acreditó en el juicio, con la propia declaración del acusado y un certificado laboral, que la marihuana era para su consumo personal y que el dinero era parte del sueldo que recibía Macías Ovando en su trabajo.

La audiencia de lectura del fallo se llevará a cabo a las 13 horas del miércoles 9 de marzo del 2016 en Punta Arenas. Al ser condenado por un delito falta, en lugar de los 3 años y 1 día que pedía la Fiscalía, el imputado sólo deberá cancelar una multa.

 

 

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