Sala de Prensa

21/03/2016

Jueza acogió argumento de la Defensoría Penal Pública

El 'caso Haeger' se mantendrá en el Tribunal de Garantía de Puerto Varas

La magistrada de esa ciudad señaló que no había antecedentes para trasladar la competencia de la causa a Puerto Montt, como lo solicitaban los abogados de Jaime Anguita.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

A las 8:30 de la mañana de este lunes comenzó la segunda audiencia que se lleva a cabo en el denominado 'caso Haeger', relativa a la investigación que desarrolla el Ministerio Público para aclarar el homicidio calificado de la contadora puertovarina Viviana Haeger, caso en el que están imputados José Pérez Mansilla, de 54 años, quien sostiene ser el autor material del delito, y su viudo, el ingeniero Jaime Anguita.

La audiencia de hoy se fijó precisamente a solicitud de la defensa de este último, buscando impugnar la competencia del Tribunal de Garantía de Puerto Varas para conocer la causa y trasladarla a los tribunales de Puerto Montt.

Tal como lo expusieron, los abogados de Anguita fundaban su petición en que el delito comenzó a ejecutarse tras una reunión de Anguita con el carpintero, durante la cual el primero habría propuesto a éste último dar muerte a Viviana Haeger a cambio de 5 millones de pesos. Dicho encuentro habría ocurrido en la capital de la región de Los Lagos.

ACTOS PREPARATORIOS
El defensor penal público Carlos Jiménez se opuso a los argumentos de la defensa particular. Señaló que los hechos referidos por los abogados Jorge Ponce y Matías Kunsenmüller podrían, eventualmente, tratarse de actos preparatorios, previos al inicio de la comisión del delito y punibles sólo en los casos que la ley señala.

Por esta razón, sostuvo que lo expuesto por la defensa de Anguita está en un terreno distinto del principio de ejecución. En este mismo sentido argumentó el Ministerio Público.

Tras una audiencia, que se extendió por poco más de una hora, la magistrada Jimena Bertín acogió lo planteado por la defensa pública y agregó que el principio de ejecución del delito está constituido por actos directos, que no corresponden a lo planteado por los abogados particulares.

La jueza dijo también que el tribunal solo podría pronunciarse sobre la competencia en la causa una vez que esté terminada la etapa investigativa, con todos los antecedentes disponibles respecto del inicio de la ejecución del delito investigado.

Al término de la audiencia, Carlos Jiménez descartó que lo resuelto afecte su trabajo de defensa del carpintero. “La incompetencia es un asunto más bien formal, por lo que cualquiera sea el tribunal que conozca del asunto, la estrategia de esta defensa pública se mantiene tal como ha sido planteada desde un principio”, aseguró. 

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