Sala de Prensa

21/12/2016

Rechazó medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía

Tribunal rechazó acusación por apremios ilegítimos imputados a funcionarios del Sename

La jueza Francisca Zapata acogió los argumentos de la defensora pública Alejandra Lobos en cuanto a que hechos como la supuesta falta de abrigo y el traslado sin silla de ruedas de un menor enfermo no pueden asimilarse al delito de tortura.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

“En criterio del tribunal, la Fiscalía no logró acreditar la existencia de los delitos imputados”. Con estas palabras, la magistrada Francisca Zapata, del Primer Tribunal de Garantía de Santiago, argumentó su rechazo a las medidas cautelares de firma quincenal, prohibición de acercarse a la víctima y de trabajar con menores vulnerables, que el fiscal Tufit Bufadel había solicitado respecto de María José Montero y Jaime Ñanculef, funcionarios del Servicio Nacional de Menores (Sename) a quienes imputó el delito de apremios ilegítimos en contra de un menor afectado por graves enfermedades crónicas.

Durante la formalización, la Fiscalía imputó a la funcionaria haber incumplido el protocolo establecido para jóvenes enfermos como José C., de 16 años, al momento de los hechos, ocurridos en 2014. Sostuvo que el joven -afectado de insuficiencia renal, debilidad ósea y retardo mental- fue trasladado por instrucción de la imputada sin silla de ruedas y desabrigado a la salida del centro en que se encontraba, para ser recogido y trasladado por una ambulancia a su sesión de diálisis.

Ello, a pesar de que el protocolo establecido señalaba que debía ocupar la silla de rueda y que por la temperatura matinal la víctima habría tenido que esperar 15 minutos pasando frío. Quien denunció esta acción no fue la víctima, sino otro joven interno de nombre Joaquín.

El fiscal presentó también testimonios de otros funcionarios, quienes sostuvieron que María José Montero era una persona de trato duro, militarizada y poco empática con los internos.

Luego de formalizar la investigación, el fiscal Bufadel solicitó las medidas cautelares de firma quincenal, prohibición de acercarse a la víctima y de trabajar con menores vulnerables.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
Al intervenir en la audiencia, la defensora penal pública Alejandra Lobos -acompañada por su colega Paula Quinteros- cuestionó la interpretación de los hechos realizada por la Fiscalía y señaló que de las pruebas expuestas por ésta no se desprende de ningún modo un apremio ilegítimo.

Expuso testimonios de funcionarios según los cuales la silla de ruedas estaba en malas condiciones, sumado a que existía indicación médica que recomendaba que el joven caminara para fortalecer sus músculos.

Precisó también que el segundo imputado, Jaime Ñanculef, sólo participó –dada la ausencia del auxiliar a cargo- acompañando al joven en su caminata hasta la entrada del recinto, donde incluso en el último tramo lo llevó en brazos.

Agregó que la falta de abrigo es discutible, ya que el menor José C. “no iba con short y polera, sino con un buzo”. Añadió que para prevenir el frío, la propia imputada después le fue a buscar una chaqueta de polar. Aclaró que no existe un protocolo de procedimientos para estos casos y que los funcionarios actuaron de acuerdo con lo que estimaron más conveniente para el menor en ese momento.

Lobos enfatizó que nada de esto tiene relación con actos de tortura como los contemplados en el artículo 150 del Código Penal, de acuerdo con la formalización realizada por la Fiscalía. Agregó que menos se dio el requisito de privación de libertad, ya que el joven estaba internado por una medida de protección y no por disposición de los imputados.

TRIBUNAL EMPLAZA
Ante las exposiciones, la jueza consultó directamente al fiscal sobre sí existía un protocolo, como lo sostuvo en su exposición. Si bien Tufit Bufadel primero asintió, luego corrigió diciendo que no había nada escrito, sino que era un protocolo verbal.

La jueza Francisca Zapata replicó que un protocolo debe ser escrito y añadió que los testigos que opinaron sobre la calificación de la imputada no hablaron de los hechos imputados, por lo que la única prueba era el testimonio del menor de nombre Joaquín.

Por todo lo anterior, el tribunal dio por no acreditado el delito y rechazó todas las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía.

Asistieron a la audiencia integrantes y dirigentes de la Asociación de Funcionarios del Sename, quienes abrazaron emocionados a los funcionarios imputados. Su presidente, Walter Arancibia, agradeció a las defensoras públicas, ya que por la crisis del Sename se han generalizado diversas acusaciones sin fundamento contra funcionarios, según explicó.  

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