Sala de Prensa

05/04/2017

La causa fue desarchivada por registro de ADN

Absuelven a acusado de parricidio ocurrido en 2006

Manuel H.D. fue imputado del parricidio de su ex mujer -hecho ocurrido en 2006-, causa que fue reactivada pocos días antes de declararse la prescripción y que llevó a detener al hombre por un ADN encontrado en la víctima.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Absuelto de toda responsabilidad penal resultó Manuel H.D., según los magistrados del Quinto Tribunal Oral de Santiago, luego de que no fuese posible comprobar su participación en el delito de parricidio de su ex mujer, según la acusación levantada por de la Unidad de Alta Complejidad del Ministerio Público.

La causa fue especialmente publicitada en  la prensa, luego de que el fiscal de la causa anunciara la reapertura de la misma tras haberse encontrado pruebas incriminatorias pocos días antes de que la causa prescribiera, pues había sido archivada por el anterior fiscal a cargo.

Con estos nuevos antecedentes, se detuvo a Manuel en ggosto de 2016, anunciándose por la policía y la propia Fiscalía la detención del autor de este delito impune, casi diez años después de ocurrido.

En el juicio oral se conocieron las pruebas que se mantenían en la carpeta judicial, donde se estableció una convivencia áspera entre imputado y víctima, producto del consumo problemático de drogas, situación que fue destacada por Gustavo Valenzuela, defensor penal público de Maipú.

Según el relato del acusado, el día de los hechos él se dirigió desde su casa, en la comuna de Los Cerrillos, hasta el Terminal Lo Valledor, donde luego fue consultado por la policía en torno a la muerte de su ex esposa, cuyos restos tenían, además, signos que demostraban violencia sexual.

En su momento, el hombre fue dejado en libertad, por no tener antecedentes que llevaran a considerarlo sospechoso. Según sus dichos, no realizó ninguna acción que llevara a buscar al responsable, tanto por la situación de drogadicción en que estaba sumido como por los antecedentes penales que mantenía por esa fecha.

ADN ACUSADOR
Según los dichos de Tufit Bufadel, fiscal de alta complejidad de la Fiscalía Occidente, la causa se reactivó cuando la hija de la mujer fallecida se acercó hasta la oficina de la entidad en Maipú y consultó por la causa. Al revisar los antecedentes se constató que existía un exámen de ADN que había sido recepcionado recientemente, a pocas semanas de decretarse el archivo provisional de la causa.

Dicho ADN, que fue encontrado bajo las uñas de la occisa, coincidía con el de Manuel, por lo cual la investigación apuntó ahora en su contra. En agosto del 2016, Manuel fue detenido y formalizado por el delito de parricidio.

El defensor penal público de la causa, Gustavo Valenzuela, indicó desde un principio que el imputado no reconocía autoría del hecho y que pese a ser interrogado desde el primer día por la policía, no fue incluido como sospechoso, pues no contaba con signos que permitieran imputarlo como autor. Respecto del ADN, se indicó que era propio de la convivencia violenta que mantenían.

JUICIO ORAL
Las declaraciones de los testigos versaron sobre los problema de drogas y violencia doméstica que mantenían imputado y víctima, pero ninguno de los declarantes situaron a Manuel en el lugar donde murió la mujer, pese a lo cerca del domicilio que ambos mantenían.

Con estos antecedentes, y pese a la existencia de una prueba de ADN que no es decisiva, el tribunal consideró que “como se puede apreciar, la prueba de cargo carece del estándar necesario para tener por suficientemente acreditada la participación que se atribuye al acusado en los hechos que se han tenido por establecidos, estándar probatorio que se ve todavía más menoscabado por la circunstancia de haberse retomado la investigación de los hechos después de diez años de ocurrencia de los mismos”.

Con esto, el Tribunal reconoce que “se está muy lejos de reunir el estándar necesario para poder establecer la participación del acusado en los hechos que se han tenido por ciertos en la presente causa, por lo que en tal escenario al Tribunal no le queda más que arribar a una sentencia absolutoria (…) estimándose absolutamente insuficientes los antecedentes de cargo aportados al juicio para tener por acreditada la participación del imputado”.

La sentencia quedó ejecutoriada, luego de que la  Fiscalía no recurriera de la sentencia dictada por el Quinto Tribunal Oral de Santiago.

 

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