Sala de Prensa

07/05/2018

Los jueces los condenaron como autores de delito terrorista de incendio con resultado de muerte

Caso Luchsinger: ocho comuneros mapuche fueron absueltos y tres, condenados

Los absueltos quedaron inmediatamente en libertad y el tribunal dispuso el alzamiento de las medidas cautelares que los afectaban. Los condenados se mantendrán con arresto domiciliario total, a la espera del término definitivo del proceso judicial.

Por Claudia Riquelme Soto,
Defensoría Regional de La Araucanía.

Luego de 38 jornadas de juicio, el Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco -integrado por los jueces Germán Varas Cicarrelli (presidente), Juan Poblete Erices y Rocía Pinilla Dabbadie (redactora)- decretaron la absolución de ocho de los once imputados en el caso Luchsinger-Mackay.

Así, Aurelio Catrilaf Parra, Eliseo Ariel Catrilaf Romero, Hernán Zenén Catrilaf Llaupe, José Arturo Córdova Tránsito, Juan Segundo Trancal Quidel, Sabino Catrilaf Quidel, Sergio Marcial Catrilaf Marilef y la machi Francisca Linconao Huircapán quedaron inmediatamente en libertad, luego de que el tribunal no lograra convicción respecto de su participación en los hechos, según señal el veredicto, dado a conocer el pasado sábado 5.

Tres de los absueltos eran representados por la Defensoría Regional de La Araucanía, tarea que estuvo a cargo de los abogados Renato González (Defensor Regional), Jaime López, Mario Quezada y Marcelo Pizarro.

En tanto, y de forma unánime, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de José Manuel Peralino Huinca, José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel, en calidad de autores del delito de incendio con resultado de muerte en carácter de terrorista, por el ataque ocurrido en enero de 2013 en el fundo Granja Lumahue,  en Vilcún.

REACCIONES
Luego de conocer el veredicto y tras extensas jornadas en este segundo juicio oral, que comenzó el 26 de febrero pasado, el Defensor Regional dijo sentirse extrañado por lo expresado en la audiencia de veredicto.

“No podemos evitar señalar que es un veredicto extraordinariamente extraño. Lógicamente, tenemos que esperar que se dicte la sentencia y ahí analizaremos los pasos a seguir. La verdad, nos cuesta entender que algunos fueron condenados y otros absueltos”, señaló.

El abogado del condenado José Manuel Peralino y jefe de la Defensoría Penal Mapuche (DPM), Humberto Serri, consideró que esta es solo una nueva etapa del juicio, que se deberá sortear para llegar a la absolución de su representado.

“Es un veredicto contradictorio, de momento. El tribunal se dio el tiempo de adelantar algunos motivos del veredicto condenatorio para mi defendido, argumentos que dan cuenta de que es legitima la confesión que a nuestro juicio fue obtenida con infracción de garantía mediante presión, y en virtud de aquello estimamos que el fallo es recurrible. Los  argumentos esgrimidos desde ya no los  compartimos y en una primera apreciación, nos avalan para presentar un recurso ante la Excelentísima Corte Suprema”, señaló.

Serri además se refirió también a la reacción de su representado una vez que escuchó que será condenado: “José Manuel se encuentra contrariado, es difícil entender para él. Al igual que nosotros, estaba confiado en la absolución, luego de haber escuchado a los defensores le explicamos que este es un paso más y que en términos coloquiales nos daremos una vuelta más larga para lograr su absolución”, explicó el abogado.  

VOTO EN CONTRA
La resolución absolutoria del tribunal respecto de tres de los comuneros absueltos -la machi Francisca Linconao, Eliseo Catrilaf y Hernán Catrilaf- fue con el voto en contra del magistrado Varas, quien señaló  que "estuvo por su condena en calidad de autores de los hechos que se han acreditado”.

En cuanto al carácter terrorista, los jueces consideraron por unanimidad y más allá de toda duda razonable, que las conductas investigadas determinan no solo el temor que sienten un grupo de vecinos agricultores del sector aledaño al sitio del suceso, “sino además que aquel designio de infundir tal temor conformaba el dolo de los agentes”.

De hecho la jueza Rocío Pinilla explicó que la existencia del hecho punible fue apreciada de manera clara, a partir de “la sucesión de actos que conformaban el hecho delictivo, los medios utilizados en el mismo, la época en que este ocurre, y por sobre todo relevante, la real modificación que han debido practicar y perpetuar en sus vidas los diferentes vecinos el sector, a raíz de la escalada de hechos violentos en la zona”.

Desde la Defensoría Regional informaron que se tomarán todo el plazo que autoriza la ley para analizar con detalle el fallo condenatorio contra Peralino Huinca y los otros dos comuneros, para luego fundar y presentar los recursos de nulidad respectivos. La sentencia se conocerá íntegramente en una audiencia convocada por el tribunal a las 11 horas del 11 de junio próximo.

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