Sala de Prensa

26/09/2018

Acusada había sido imputada por conducir un vehículo con limitación de Zona Franca

Calama: absolución en segundo juicio oral para acusada de contrabando

Tres años y un día arriesgaba una joven colombiana por no contar con el pasavante (salvoconducto para vehículo) que autorizaba la circulación del automóvil que le regaló su ex pareja. El tribunal determinó que el procedimiento policial infringió sus garantías personales y procesales.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

El Tribunal Oral en lo Penal de Calama absolvió en un segundo juicio oral a una mujer que había sido acusada del delito de contrabando, por conducir un vehículo proveniente de la Zona Franca de Iquique sin portar el pasavante (salvoconducto para vehículo) que autorizara al móvil para circular en territorio nacional.

La sentencia se fundó en que la prueba presentada por el Ministerio Publico y el Servicio Nacional de Aduanas, que actuó como querellante, se habría obtenido con infracción a las garantías de la libertad personal de la acusada y al debido proceso.

Según explicó el defensor público de la causa, Alex Durán, el procedimiento, ejecutado por personal de la PDI, tuvo varios vicios, dado que "en cumplimiento de otras funciones, realizaron un control de identidad a la conductora, movidos por la sospecha de que era un vehículo de zona franca. Sin embargo, además de su identidad, a la conductora se le pidieron también los documentos del móvil, el seguro obligatorio, el permiso de conducir y el certificado de revisión técnica, con lo cual se da paso a un control vehicular, hecho que de por sí es irregular, dado que la Ley de Tránsito entrega la facultad de efectuar controles vehiculares a Carabineros de Chile y no a la PDI”, explicó Durán durante la audiencia.

Agregó que junto con incautarle el vehículo, la mujer fue conducida hasta el cuartel policial, desde donde se comunicaron con Aduanas y con el fiscal de turno para adoptar el procedimiento establecido para el delito de contrabando. 

ACTUACIONES ILEGALES
Según el abogado, “en sus testimonios, los propios funcionaros declararon que este procedimiento lo han desarrollado de la misma forma en más de 60 casos sólo en Calama en los últimos dos años, conducta que excede sus atribuciones, infraccionando el principio de juridicidad, según el cual han de adecuarse dentro de sus facultades y competencia”.

En su sentencia, el Tribunal Oral en lo Penal de Calama consideró que ”el actuar de los policías no se ajustó a la normativa legal vigente", pues las labores realizadas por los funcionarios no se enmarcaron dentro de las prerrogativas que la ley autoriza a los policías".

Añadieron que, en ese contexto, los agentes obtuvieron "los elementos incriminatorios en que se sustenta esta acusación con una abierta vulneración del derecho de la acusada a un procedimiento justo y racional y de la libertad personal, el que debía desarrollarse con apego irrestricto a todos los derechos y garantías constitucionales que el legislador le reconoce, de modo que toda la evidencia recogida en este control vehicular que carecían competencias, para efectuar después un control de identidad carente de indicios suficientes e idóneos que lo justificase, resulta ser ilícita”.

Con este fallo, la conductora del vehículo resultó absuelta y puso fin a la pesadilla que vivió desde su detención, en octubre de 2016, sólo por estar conduciendo el vehículo que le regaló su ex pareja.

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