Sala de Prensa

16/04/2020

En la Región de Arica y Parinacota

Adolescente infractor de ley logró cambio en su medida cautelar

En el caso de los menores de edad, por tratarse de un grupo vulnerable se solicitó para todos los que están en internación provisoria la revisión de esa medida cautelar, con el fin de lograr su sustitución.

Por Varlenka Olivares Fuentes,
periodista Defensoría Regional de Arica y Parinacota. 

La pandemia de Covid-19 ha motivado una serie de reestructuraciones para la prestación de defensa pública. De hecho, se ha pasado de una atención presencial a una a distancia, tanto a través de contactos telefónicos como videoconferencias, buscando minimizar el riesgo de contagio. tanto para los funcionarios de la defensa pública como para los imputados o condenados privados de libertad.

Sin embargo, la labor de los defensores públicos no se ha visto mermada. Más bien se ha enfocado en mantener un estándar de defensa óptimo con los recursos disponibles. Una de las acciones que ha sido ampliamente difundida, por la relevancia que tiene para los derechos humanos de todos los imputados, es la presentación de solicitudes de revisión de prisiones preventivas para aquellos acusados privados de libertad en el Complejo Penitenciario de Arica y que son especialmente vulnerables al Covid-19, según los lineamientos de la autoridad de salud.

Hasta ahora, con tales acciones se logró que cinco adultos -todos con severas afecciones de salud- salieran de prisión preventiva, para cumplir arresto domiciliario total mientras dura la investigación en su contra.

MENORES
En el caso de los menores de edad que se encuentran en internación provisoria (privados de libertad en recintos del Sename) y bajo internación en régimen cerrado (cumpliendo sanciones privativas de libertad), la atención del defensor penal juvenil de la Defensoría Regional de Arica y Parinacota, Gabriel Apaza, no se ha detenido.

El abogado se ha comunicado con cada uno de los jóvenes internos para darles a conocer los avances en sus causas y conocer el estado en que se encuentran al interior del Centro Arica. Apaza explicó que como los menores de edad son un grupo vulnerable, se solicitó para todos los que están en internación provisoria la revisión de dicha medida cautelar, con el fin de lograr su sustitución.

De las ocho que solicitudes presentadas, una fue acogida por el juez, quien tras la presentación de los argumentos de la defensa pública cambió la internación provisoria del menor beneficiado por las de arresto domiciliario nocturno y prohibición de acercarse a la víctima, bajo la vigilancia del Sename.

“La razón fundamental para presentar las revisiones tiene que ver con que los adolescentes -en su mayoría- tenían redes de apoyo familiar y arraigo social dentro de la ciudad. Entendíamos que no se hacía indispensable mantenerlos privados de libertad, puesto que existen otro tipo de medidas cautelares que podrían asegurar los fines del procedimiento. Por otro lado, se debe considerar los principios de Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) y de la Convención sobre los Derechos del Niño, que disponen que la privación de libertad de los adolescente es excepcional y de último recurso”, explicó Gabriel Apaza.

El defensor público agregó que a todo lo anterior se sumó al argumento sanitario, a propósito del estado de emergencia en que estamos viviendo. Si bien los adolescentes no son parte del grupo de riesgo definido por la autoridad sanitaria, sí pertenecen a un grupo de especial preocupación para la Defensoría Penal Pública, por el solo hecho de ser adolescentes privados de libertad”. 

SANCIONES EN LIBERTAD
El defensor penal juvenil detalló que la institución mantiene una gran coordinación con Sename y Corfal, respecto de los casos de jóvenes que se encuentran en libertad pero sujetos a medidas cautelares ambulatorias. Según Apaza, con ellos se ha conversado por teléfono y también se ha informado a sus adultos responsables sobre los avances de sus casos y también sobre la nueva modalidad de atención, que busca mantener siempre el estricto estándar de defensa que caracteriza a la Defensoría Penal Pública.

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