Sala de Prensa

24/11/2020

En el juicio oral no se logró acreditar su participación

Tras nueve meses en prisión preventiva, tribunal de Ovalle absolvió a joven imputado de graves delitos

Y.C.T. estaba acusado de robo con violencia e intimidación por el intento de sustracción de vehículos, ilícitos por los que fueron condenados otros dos acusados.

Por Daniel San Martín D.,
Defensoría Regional de Coquimbo.

Nueve meses permaneció en prisión preventiva Y.C.T., de 19 años, hasta que fue absuelto por unanimidad por el Tribunal Oral de Ovalle, luego de que no se acreditara su participación -junto a otros dos acusados- en los delitos de robo con violencia e intimidación, por tres intentos de sustraer automóviles ocurridos en febrero pasado en el sector céntrico de esta ciudad.

Según la acusación presentada por la Fiscalía, el 27 de ese mes y en un lapso de media hora, tres sujetos cometieron delitos de robo con intimidación, robo con violencia y hurto contra tres víctimas. El primero ocurrió a las 16:55 horas, cuando Rodolfo Segovia subía a su camioneta Toyota, modelo Hilux, estacionada frente a la clínica ACHS, momento en que supuestamente fue abordado por tres individuos que intentaron arrebatársela, hiriéndolo con un cuchillo en su brazo izquierdo. Sin embargo, la víctima se resistió, por lo que los victimarios huyeron del lugar.

El segundo hecho sucedió a las 17:10 horas, cuando Marta Pizarro estaba al interior de su vehículo Volkswagen, modelo Voyage, estacionado en calle Tangue. Ahí fue abordada por tres sujetos, que también intentaron robar el automóvil, aunque se desistieron y huyeron del lugar debido a la llegada de Carabineros. Minutos más tarde, uno de los involucrados que huía de la policía ingresó a una escuela de lenguaje e intentó robar una camioneta Nissan Terrano, aunque no logró su cometido porque se trabó el motor.

SIN PARTICIPACIÓN
En su alegato de apertura el defensor penal público Gerardo Tagle solicitó la absolución de Y.C.T.. Si bien no cuestionó la existencia de los delitos, indicó que su representado no tuvo ninguna participación en los hechos uno y dos, en los cuales se le imputó intervención, lo que demostró durante el juicio oral a través de declaraciones de testigos y víctimas, teoría que en definitiva fue confirmado por los jueces en su veredicto.

En el primer hecho, según la sentencia, la víctima explicó que primero unos jóvenes le pidieron dinero, luego uno lo agredió y otro subió a su camioneta para robarla, pero no identificó a Y.C.T. como parte de los agresores. Asimismo, una testigo directa señaló que vio a dos personas que intentaron sustraer el vehículo y que vio a Y.C.T. en las cercanías, pero que no tuvo ninguna intervención.

Respecto del segundo caso, los testigos presentados por la Fiscalía sostuvieron contradictoriamente que Y.C.T. estuvo detrás, al costado derecho y distante del intento de robo del automóvil, pero también coincidieron en que no participó en el atraco.

Por eso, en vista de los testimonios y de los argumentos de la defensa pública, los magistrados resolvieron unánimemente absolver a Y.C.T., ya que durante el juicio no se acreditó su participación en los hechos. “No se logró situarlo en los lugares en que se desarrollaron los delitos, ni menos existió una prueba concluyente que acreditara su eventual rol en cada uno de los sucesos”, señalaron.

El tribunal sí condenó a J.C.M. y D.P.T. como autores directos de los delitos de robo con intimidación, robo con violencia y hurto en contra de las tres víctimas a quienes intentaron robar sus automóviles.

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