Sala de Prensa

02/11/2021

Se le había revocado el beneficio por incumplimiento

Peritaje social con enfoque de género permitió mantener en libertad vigilada a madre de cuatro hijos

La mujer debió cambiar de domicilio para cuidar a la madre de su ex pareja -ya fallecido- y se instaló en una playa sin conectividad para recolectar huiros para el sustento de su familia.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

En octubre de 2019 una mujer fue condenada a cumplir 541 días de libertad vigilada por un delito de la Ley N° 20.000. En aquella época vivía en Antofagasta y cumplía su sentencia sin inconvenientes.

Sin embargo, en febrero del año siguiente debió trasladarse a una caleta situada camino a Tocopilla, para hacerse cargo del cuidado de la madre de su ex pareja, quien había fallecido. La adulta mayor presenta graves problemas de salud y depresión.

Se instaló en la caleta Los Chinos, ubicada entre Tocopilla y Caleta Buena, donde no hay conexión de internet, y comenzó la búsqueda de sustento para sus cuatro hijos y la anciana ahora a su cargo. Pero no dio aviso al tribunal sobre su cambio de domicilio.  

LIBERTAD REVOCADA
Frente a ello y a su reiterada ausencia, el tribunal revocó la libertad vigilada y ordenó su ingreso a un centro penal, situación que dejaría en total abandono a sus hijos y su ex suegra. Por lo mismo, la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Antofagasta solicitó la elaboración de un peritaje social para acompañar un recurso de apelación contra la resolución que revocó la libertad vigilada.

En la solicitud, los abogados destacaron que uno de los factores que derivaron en el incumplimiento de la sentenciada fue su desconocimiento de las consecuencias de no informar al tribunal sobre el cambio de domicilio y comprender que, si lo hubiera hecho, podría haber seguido cumpliendo, ahora en Tocopilla y no en Antofagasta, hasta donde ahora se le hacía imposible concurrir.

El peritaje -desarrollado por la trabajadora social Yovana Rojas- abordó las condiciones económicas que daban cuenta de una gran deprivación social de la usuaria, su esfuerzo por reunir dinero para la manutención de su grupo familiar, ahora ampliado.

Además, explicó con enfoque de género por qué la usuaria necesitaba mantener la libertad vigilada, considerando su historia de vida y los roles socialmente asignados, porque su revocación aumentaría la vulnerabilidad social de todo el grupo familiar, ya que ella es quien provee del sustento al hogar.

'REGLAS DE BANGKOK'
Con estos antecedentes, la defensa pública expuso al tribunal que, además de desconocer los efectos de no informar al tribunal y de no contar con adecuada conectividad, era relevante analizar el caso con enfoque de género y tener en cuenta las reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas.

Conocidas como "Reglas de Bangkok", establecen -entre otras cosas- que se deberá permitir a las mujeres con niños a cargo adoptar disposiciones respecto de ellos, previéndose incluso la posibilidad de suspender la reclusión cuando proceda y sea posible, utilizándose mecanismos opcionales como las medidas alternativas y otras que sustituyan a la prisión preventiva y la condena.

La Corte de Apelaciones acogió lo expuesto y revocó el fallo que había ordenado el ingreso de la usuaria a un centro privativo de libertad para el cumplimiento de la condena.

FALLO RELEVANTE
El jefe de Estudios de la Defensoría Regional, José Mario Fuentealba, resaltó la relevancia de este fallo, porque “reconoce la necesidad de tener en cuenta todos los antecedentes por los cuales a veces las personas se ven impedidas de cumplir las sanciones, que en este caso cruzan el tema económico, tecnológico y particularmente social, ya que nos enfrentamos a realidades que deben ser atendidas en toda su perspectiva".

Fuentealba agregó que "afortunadamente, la Corte comprendió que el cumplimiento en privación de libertad afectaría no solo a la mujer, sino también a todo su entorno familiar, que depende de ella”, finalizó.

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